Los juegos de suerte y azar y el surgimiento de la Lotería (III parte)
- domingo 29 de marzo de 2026 - 12:00 AM
En la colonia no existió ni raza, ni credo o clase social que resistiera a la afición o la apuesta a los juegos de suerte y azar. En las noches de invierno o en el calor del sofocante trópico, el ocio se calmaba con los juegos. En otras regiones de América, el juego también cedió a la práctica constante; en México, Luis Ponce de León ocupaba el alto cargo de Juez de Residencia, durante su mandato creció el flujo del juego de suerte y azar. Juan Arce de León dictó las reglas, que alcanzaron el remate público. De igual forma, en México con Diego Plazuela se decomisaron 90 barajas de naipes. (Escarreola, El Siglo. Los juegos de Suerte y Azar. 2019. p. 109).
Las actividades del juego de azar se enlazaron con las fiestas; ante este hecho, el obispo Fernando Ramírez dio su severa reprimenda y señaló lo siguiente: “ha llegado a mi noticia que se van a hacer algunas máscaras y representaciones muy indecentes y deshonestas, descompuestas y escandalosas, opuesta a la modestia del buen ejemplo y la religión cristiana.” (Escarreola, septiembre 2019, El Siglo. p. 9). En caso de que se realizara en algún convento el Obispo había amenazado a los vecinos con la excomunión.
Era obvia que había una división en cuanto a la práctica de los juegos de suerte y azar; mientras la iglesia se oponía a estas actividades, el poder político, representado por el propio gobernador Pedrarias, había traído las Instrucciones prohibiéndolos; pero sacó de contexto la parte de la prohibición de los juegos, al aplicar a su conveniencia el ritual del juego de suerte y azar los cuales continuaron a espaldas del poder eclesiástico.
En otras latitudes, igual se prohibieron; en el caso de La Habana, se contempló mediante ley: “Cuando las flotas estaban en bahía, casi todas las casas se convertían en posada y los pasajeros no tenían otras distracciones que el juego. Mientras los buques se hallaban navegando, las disposiciones que prohibían el juego, sobre todo los dados se cumplían con más o menos rigor... en tierras sin limitación alguna, menudeando las deudas, las pendencias y las muertes.” (Ramiro Guerra y Sánchez. Historia de Cuba. 1921. Tomo II P. 286).
Las leyes fueron poco a poco desapareciendo ante el ánimo y el provecho comercial que generaba los juegos de suerte y azar. Por eso, la iglesia se mostró con una actitud policiaca ante los juegos. Su concepción era vencer la usura y sus alegatos o discursos cumplían un propósito: desmantelar las apuestas que se extendía en una larga gama de objetos. El orden y limpieza de la sociedad colonial donde el ocio y el juego reinaban y los principales infractores eran las autoridades, constituían una causa que iba directa al fracaso. Por eso, era imposible eliminarlos. El camino era seguir dictando leyes e Instrucciones como símbolos de acabar con los juegos. De ahí que, en las ciudades terminales de Panamá y en la antigua Portobelo, se anunciaba el crecimiento de los juegos y la usura, ya que, entre las dos costas, el tráfico y la llegada de barcos de Sudamérica aumentaba por las ferias de Portobelo. Este hecho aceleró la práctica de los juegos de suerte y azar.
Por eso, en el siglo XVII, se dictó la Ley VII de 4 de septiembre de 1604, la cual se refiere a lo siguiente: “Habiendo sido informado, que en las ciudades de Panamá y Portobelo hay juegos muy largos, cuando están en sus puertos y armadas, y flotas de los mares del norte, sur y en otros tiempos del año, y en que se pierden muchas haciendas de pasajeros, y de vecinos con grave exceso, permitiendo por la justicia en sus casas, y otras; sin embargo, de que conforme a la obligación de su oficio lo debían prohibir, y remediar: Y porque así conviene mandamos muy precisamente a los Gobernadores Capitanes, Generales de Tierra Firme, y Presidentes de aquella Real Audiencia, que en ninguna forma consientan, ni permitan juegos en sus casas, ni de los capitanes, sargento mayor... ni que se lleven coimas, baratos o provechos de las tablas de juego, pena de suspensión de oficio al que contraviniere, por tiempo de cuatro años y las demás estatuidas. (Oviedo, Libro XXIX, p. 115).
La subversión de los juegos creció y las pugnas continuaron y la iglesia ejercía su inquisición. Así, el juego rindió beneficios a la Real Hacienda y al siglo siguiente aparece en principio discretamente y luego en una institución formal los juegos de Lotería en forma legal.