• lunes 22 de julio de 2024 - 11:56 AM

Letra muerta

Comúnmente se entiende por LETRA MUERTA a las normas jurídicas que no se encuentran vigentes debido a un incumplimiento por parte de la población y autoridades o a estar desfasadas con respecto a la realidad social, aun cuando no hayan sido derogadas formalmente.

Estas reflexiones vienen a colación a raíz del artículo “La impostergable sala laboral”, del catedrático Miguel A. Bernal (El Siglo, 13/7/24), toda vez que hace alusión a la Ley 59 de 2001, que crea la Sala de Casación Laboral en sustitución de la Corte de Casación Laboral. Y es que una ni otra fueron establecidas en propiedad.

La Corte de Casación Laboral fue instaurada por el Código de Trabajo de 1972 para entrar a regir en 1974, pero nunca fue implementada ni derogada, como una auténtica letra muerta. La Ley 59 de 2001 la convierte en una de las Salas de la Corte Suprema, pero “mientras se crea” dicha Sala, la Tercera de lo Contencioso-Administrativo continuará conociendo del recurso de casación laboral, en una infinita vacatio legis que ya lleva 23 años.

Así también encontramos muchas letras muertas en la Constitución. En lo laboral citamos: la falta de regulación legal para que el domingo sea remunerado, para que los trabajadores puedan participar en las utilidades de las empresas, para que el salario mínimo sea ajustado periódicamente (en el Estado), o para que haya un seguro de desempleo. Y ni hablar de la necesidad que hubo de una ´Marcha del Hambre y la Desesperación´ (1959) para legislar por primera vez sobre salario mínimo, a pesar del mandato constitucional de 1946.

En cuanto a lo legal laboral, es letra muerta, por ejemplo, el proceso de juzgamiento de faltas, los tribunales laborales marítimos, las multas irrisorias a cobrar a los empleadores que incumplen las normas laborales, el compromiso de Panamá de elevar la edad mínima para trabajar a 15 años (que es el estándar internacional) cuando ratificó el Convenio 138 de la OIT en el 2000.

Sería interesante que en las Facultades de Derecho de las universidades del país se salga del viejo esquema positivista y se debata en torno a lo que plantea el `realismo jurídico` en cuanto a dar preeminencia a la vigencia (eficacia) de la norma jurídica por encima de su validez formal.

Señores diputados: las leyes deben satisfacer las necesidades de la población, pero no puede descuidarse la actualización, sistematización y depuración de la legislación nacional.

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