• sábado 20 de julio de 2024 - 12:00 AM

La administración de Justicia

El presidente Mulino tiene dicho que “la Justicia panameña está coja”, declaración que complementó agregando que le entregará, hay que suponer a los magistrados de la Corte Suprema, “las llaves de los condados” para que puedan liberarla. Tan sugestivas frases, como reacción lógica y automática, invitan a dos preguntas: ¿Quiénes le pusieron los candados? Y ¿Quiénes se quedaron con las llaves?

Las metáforas del presidente, desde luego, hay que dejar que sea él quien las traduzca a medidas concretas, pero como también en otras ocasiones ha denunciado que “el sistema ha sido utilizado, para patrocinar persecuciones políticas”, cualquier acción correctora, para que sea consecuente, debe llevar al señalamiento, la investigación y el eventual juzgamiento de aquellos que usaron y abusaron de sus cargos, incurriendo en el delito de prevaricación, para perseguir adversarios políticos.

La administración de Justicia, según la regula la Constitución, en el Titulo VII, comprende dos instituciones separadas, pero recíprocamente coadyuvantes: el Órgano Judicial y el Ministerio Público. Por consiguiente, para que puedan cometerse abusos, como los denunciados por el presidente hace falta que concurran las dos y, por tanto, ambas deben ser objeto de ese escrutinio.

Para muchos, la fuente primaria de las falencias y desviaciones que, reiteradamente, se le achacan a la administración de Justicia, es el método para nombrar a sus máximas jerarquías: los magistrados de la Corte Suprema, el Procurador General y el de la Administración, que es potestad, prácticamente exclusiva, del presidente de la república, pues su ratificación por la Asamblea siempre ha sido una mera formalidad.

Cambiar el método para esos nombramientos, requeriría de una reforma constitucional. Por consiguiente, que las próximas designaciones puedan producir un cambio verdaderamente cualitativo dependerá, exclusivamente, del buen juicio del presidente Mulino, quien, si en verdad quiere “enderezar” positivamente el rumbo de nuestra administración de Justicia, en lugar de las convocatorias montoneras, debe valerse de un grupo “ad hoc” de asesores “calificados y desinteresados” que le propongan una lista de no más de cinco (5) candidatos y candidatas, para que de ella escoja.

Una aproximación como la anterior no tendrá el efecto milagroso de sanear, por la mera designación de los próximos magistrados y procuradores, nuestra Administración de Justicia, pero si a esa le siguen otras medidas como, por ejemplo, la institucionalización de procesos de selección y ascensos, basados en méritos y ejecutorias comprobadas, alejados de preferencias personales y de favoritismos y la implantación de rigurosos códigos de ética y estándares de desempeño, entonces si cabría alentar esperanzas de que ese pilar de la vida democrática, cumpla su esencial misión.

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