Balbinín salpica a la abogada de Ulpiano Vergara en lío laboral

Cantante asegura que Huertas lucró con su música sin autorización
  • viernes 05 de abril de 2024 - 12:00 AM

La bola pica y se extiende. Así como reza el famoso refrán está el conflicto legal que mantienen el cantante de música típica Jorge ‘Balbinín’ Gómez y el Ricardo Huertas, extrabajador del conjunto ‘Dúo de Oro’, quien emprendió un proceso en el Juzgado Seccional de Trabajo de la Sección de las provincias de Herrera y Los Santos con la finalidad de embargar bienes del artista por una supuesta deuda que supera los 28 mil 400 dólares.

La acción fallida del embargo a los bienes de ‘Balbinín, que se registró el miércoles en horas de la tarde en su residencia ubicada en el distrito de Guararé, tuvo sus consecuencias. Ayer el intérprete de ‘Amigos con derecho’ se desahogó y acusó a la abogada del acordeonista Ulpiano Vergara de estar detrás de la demanda legal de Huertas.

A través de un video que publicó en la red social de Instagram, Gómez aseguró que Huertas es quien le debe más de 4,000 dólares por ponerse a publicar y lucrar con su música sin su autorización en una plataforma de ‘streaming’.

Según el cantante, la cuantía por la cual su extrabajador lo está demandando es un “número loco” que obedece a la supuesta asesoría que está recibiendo de la abogada del líder del conjunto ‘Los Distinguidos’.

“Estás mal asesorado, ¿por quién?, por Jamie Chambers,

abogada de Ulpiano Vergara”, expresó Gómez, luego de manifestar que desconoce las razones por la cual la jurista lo está supuestamente atacando.

“Usted sabe Jamie que Ulpiano Vergara le debe más de 80 mil dólares a Balbino Gómez y no se lo han pagado. Han pasado más de ocho años y no le han pagado a mi padre; entonces de que estamos hablando”, expresó y seguido informó que por lucrar con su música demandó a Ricardo Huertas.

Proceso laboral

Consultado sobre el allanamiento y el proceso de embargo que se realizó al artista, el abogado especialista en derecho laboral, Samuel Rivera explicó que esta acción está amparada en el artículo 22 de la ley 53 de 1975 que establece las competencias del Mitradel para actuar frente a las reclamaciones laborales de los trabajadores.

De acuerdo con Rivera, cuando los montos que reclama el trabajador son cifras elevadas, la ley protege a la parte demandante con la figura de aseguramiento de bienes (secuestro). “Estas acciones, el Mitradel no las realiza de forma arbitraria. Antes verifican que efectivamente el que está secuestrando reúne las condiciones que establece el artículo 22 de la ley 53”, explicó.

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