Multas por venta de productos sucedáneos alcanzan los $24,475.00

En el presente año, se registran 15 multas en primera instancia, por $3,405.00 (14 supermercados y un minisúper)
  • lunes 13 de mayo de 2024 - 6:26 PM

Desde la vigencia de la Ley 113 de 2019, relacionados con los productos sucedáneos, que deben mantener un letrero con las indicaciones, nombre en idioma español y país de origen, así lo afirmó la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) que a la fecha ha aplicado 103 multas en primera instancia por $24,475.00 a diferentes agentes económicos por incumplimiento.

De acuerdo con la entidad esta normativa establece el uso obligatorio de letreros, que identifiquen la procedencia del producto alimenticio. De esta manera, aquellos productos sucedáneos o de imitación deben tener un letrero que los identifique, para que los consumidores puedan distinguir entre el producto original y el de imitación.

“Se instituye que este letrero deberá informar si el producto es sucedáneo o imitación, nombre en idioma español y su país de origen. También los productos deben indicar si son nacionales o importados, el país de origen, el nombre en español y si el producto es sucedáneo o de imitación”, indicó.

Cabe señalar, que no se considera “letrero” a la etiqueta que se coloca en el anaquel, donde habitualmente se incorpora información de precios o nombre del producto, con códigos de barra.

En el presente año, se registran 15 multas en primera instancia, por $3,405.00 (14 supermercados y un minisúper), debido al incumplimiento de la Ley 113 de 2019.

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