Empresa GESE condenada civilmente

Los hechos se remontan a 2013. Nelsón Carreyó demandó al grupo
  • viernes 05 de abril de 2024 - 12:02 AM

El grupo editorial El Siglo y La Estrella de Panamá (GESE) fue condenado por unas publicaciones contra Nelsón Carreyó, quien aspiraba al cargo de magistrado del Tribunal de Apelaciones Marítimas para la cual había sido entrevistado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia y, igual que otros aspirantes, había ingresado su información personal a un banco de datos.

En 2013 los diarios publicaron glosas y noticias en las que se afirmaba que Carreyó mantenía procesos penales en su contra, sin embargo, en el fallo condenatorio se determinó que “se hicieron aseveraciones falsas y denigrantes para su honor y su reputación...”.

“Los derechos lesionados han sido el honor y la reputación del demandante (Carreyó), del cual vale añadir , como parte del informe de la perito Kenia Batista (...) y una serie de documentos de respaldo los cuales no solamente demuestran la calidad del abogado demandante, sino que el mismo se ha desempeñado profesionalmente en distintos ámbitos...”, señala el fallo.

Geo Media, S.A., responsable de la publicación del diario La Estrella de Panamá El Siglo, empresa que es parte del grupo editorial GESE fue condenada a pagar a Carreyó en concepto de compensación por daño moral la suma de $10,000 y $2,500 en concepto de costas, y la suma de $200.00 en concepto de costas de la apelación, por el Primer Tribunal Superior que modificó la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Decimocuarto de Circuito de lo Civil de Primer Circuito Judicial de Panamá.

Carreyó, en la apelación ante el Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, reclamaba el pago de $400,000.00 por daños emocionales y psicológicos como consecuencia de las publicaciones de La Estrella de Panamá del 16 de diciembre de 2012 en la sección de La Llorona y por artículos que se publicaron en el diario el 21 de junio y el 5 de julio de 2013.

“Luego de examinar tanto la prueba pericial psicosocioeconómia como la prueba económica y contrarrestarla con lo planteado en la demanda, el Tribunal concluye que, en definitiva, si bien es cierto el sólo hecho de las publicaciones suponen, por su contenido, una afrenta al honor y a la reputación del demandante, señor Nelsón Carreyó, los daños materiales y emocionales o psicológicos que el mismo afirma haber sufrido y estar sufriendo no son consecuencia directa de tales publicaciones, sino de su no elección para el cargo judicial mencionado, ni para el cargo de la Autoridad del Canal de Panamá”, señala el fallo del Tribunal Superior.

El fallo del Juzgado Decimocuarto (o de primera instancia) condenaba a Carreyó al pago de $46,200 en concepto de costas, sin embargo, el Tribunal Superior lo exoneró de este pago.

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