El consentimiento informado del paciente

Hay la obligación de respetar a los pacientes y hacer honor a sus preferencias en cuidados médicos
  • viernes 02 de diciembre de 2022 - 12:00 AM

En la disciplina de la medicina, el consentimiento informado no es más que un procedimiento médico formal, enfocado bajo una exigencia ética, y constituye un derecho reconocido por la legislación de nuestro país.

Su finalidad, por ende, parte de la aplicación del principio de autonomía del paciente.

En otras palabras, hay la obligación de respetar a los pacientes y hacer honor a sus preferencias en cuidados médicos. Su finalidad, por ende, es preservar el principio del respeto a las personas, es decir, su autonomía: nadie puede hacer el bien a otro en contra de su voluntad.

Si bien el consentimiento informado se origina legalmente con el Código de Nüremberg de 1947 cuando se refiere de manera explícita al consentimiento voluntario del paciente, no fue hasta 1964 cuando se hace la Declaración de Helsinki y en 1966 W.H. Stewart, establece el requerimiento del consentimiento informado, cuando la comunidad médico-científica establece con seriedad la importancia de este principio ético. Y, precisamente, el libro bajo el título de El consentimiento informado del paciente como elemento crítico en el ejercicio de la medicina (2021) del abogado José Abel Almengor Echeverría hace referencia un aporte crítico.

Este libro está dividido en dos partes, los cuales a su vez se dividen en capítulos. La primera tiene ocho capítulos y la segunda, también. Pero es importante comentar que este libro hace referencia a la Ley Nº 68 de 20 de noviembre de 2003, ‘Que regula los Derechos y Obligaciones de los Pacientes, en materia de Información y Decisión Libre e Informada'. Esta ley que constituye la primera parte regula derechos y obligaciones de los pacientes, personas sanas, profesionales, centros y servicios de salud públicos y privados en materia de información y decisión libre e informada.

Esta ley fue reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo Nº1458 de 6 de noviembre de 2012. Y tiene como objeto, entre otros aspectos, garantizar el derecho del paciente de tener acceso a toda la información que requiera sobre su condición de salud, diagnóstico, pronóstico y alternativas terapéuticas que se le pueden aplicar y con base en esa información, el paciente pueda tomar una decisión libre y debidamente informada.

El libro sustenta, desde el ámbito jurídico, cómo el paciente tiene el derecho de saber su condición de salud y ser respetado como persona. Y cómo esa información debe ser comprensible y no sesgada; la colaboración del paciente debe ser conseguida sin coerción y el médico no debe sacar partido de su potencial dominio psicológico sobre el paciente, ya que esta toda persona tiene derecho a que se respete la confidencialidad de los datos que hacen referencia a su salud, consultas, reclamos, trámites y expedientes médicos. Así mismo, tiene derecho a que nadie pueda acceder a ellos sin su autorización, salvo que lo prevea la legislación vigente.

El libro ofrece, además, que el médico debe informar al paciente la variedad de métodos diagnósticos y terapéuticos, y debe explicar las ventajas y desventajas de estos, para que el paciente pueda elegir alternativa que mejor le parezca según la información brindada por el médico. La explicación se efectúa a un paciente atento y mentalmente competente, de la naturaleza de su situación, así como del balance entre los efectos de la misma y los riesgos y beneficios de los procedimientos o intervenciones recomendadas, para a continuación consentir o rechazar los mismos de acuerdo con su escala de valores.

Este libro nos da docencia, como lectores, que el consentimiento informado, desde el punto de vista ético, clínico y jurídico, debe reconocer y respetar el derecho de autonomía de los pacientes, lo que no sólo es una exigencia jurídica, sino por sobre todo, una exigencia ética, ya que busca promover la participación del paciente en su proceso de atención en salud. Esto implica que comparte responsabilidades y asume riesgos, y, además, debe optimizar la relación equipo médico-paciente, ya que nosotros como pacientes o usuarios de un hospital debemos, por ley, poseer una adecuada comunicación de la información, para sentirnos satisfechos por la atención recibida, sin tener en cuenta únicamente los resultados.

En hora buena, Almengor nos regala este libro que -como el mismo autor señala- es un trabajo muy profundo y completo que orienta de manera específica al paciente, en lo que se refiere a deberes y derechos, al momento de elegir un procedimiento complejo que implique un peligro potencial a su salud, dado que los médicos no tienen obligación de realizar intervenciones dañinas para el enfermo o que sean médicamente inútiles; y tampoco tienen que informar acerca de las mismas, lo que en la actualidad es importante.

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