Consejo de Gabinete aprueba que el Ejecutivo maneje los traslados de partidas en el presupuesto

Solo será hasta un monto de cinco millones de dólares

El Consejo de Gabinete, encabezado por el presidente de la República, José Raúl Mulino, aprobó hoy martes el proyecto de ley que modifica artículos de la Ley 418 de 29 de diciembre de 2023, por la cual se dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal 2024.

El proyecto de Ley le restablece al Órgano Ejecutivo el manejo de los traslados de partidas en el Presupuesto General del Estado hasta un monto de 5 millones de dólares, lo que queda de este año 2014.

Una potestad que el Ejecutivo fue perdiendo gradualmente en el tiempo, hasta el año pasado cuando el manejo de los traslados de partidas quedó en manos de la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional al 100%.

Esta modificación permite sacar los intereses políticos, del manejo del presupuesto de la nación, cada vez que se requiere un traslado de partida.

“Con esto se cumple la promesa de manejar con una mejor transparencia los fondos públicos, con cada órgano del Estado asumiendo el rol que le corresponde.El presupuesto no es más que la suma del esfuerzo del pueblo en pagar sus impuestos correspondientes. Vamos a cuidar cada dólar invertido”, destacó el presidente Mulino.

Para restablecer el manejo de los traslados de partidas en el Presupuesto General del Estado, el proyecto de ley aprobado hoy en Consejo de Gabinete modifica el artículo 325 de la Ley 418 de 2023 sobre el traslado de partidas en el Presupuesto General de la Nación.

El proyecto de ley ahora establece que las instituciones públicas deberán presentar las solicitudes de traslados de saldos disponibles de fondos entre las partidas presupuestarias y de los ahorros al Ministerio de Economía y Finanzas, que previa verificación de la efectiva disponibilidad de saldos no comprometidos tramitará o no la correspondiente solicitud.

Los traslados de partidas de cinco millones de dólares o más se remitirán a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional para su aprobación o rechazo. Los traslados solicitados por las entidades públicas que asciendan:

1. Hasta doscientos mil balboas con 00/100 (B/. 200,000.00), podrán, previa evaluación del Ministerio de Economía y Finanzas, ser tramitados, realizados y autorizados por estas y remitidos dentro de los primeros veinte días de cada mes, para su información a la Comisión de Presupuesto y al Ministerio de Economía y Finanzas.

2. De B/200,000.01 doscientos mil balboas con 01/100 (B/. 200,000.01) hasta cinco millones de balboas con 00/100 (B/. 5,000,000.00) serán evaluados, tramitados y autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas y remitidos dentro de los primeros veinte días de cada mes, para su información a la Comisión de Presupuesto.

En los casos de emergencia nacional declarada por el Consejo de Gabinete, se faculta al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar traslados de partidas por un monto de diez millones de balboas (B/. 10,000,000.00).

No se podrá dividir la asignación presupuestaria del objeto del gasto de la partida presupuestaria en partes o grupos, con el fin de que el monto objeto del traslado no alcance los cinco millones de balboas (B/. 5,000,000.00).

En el mismo proyecto de ley también se le restablece al Ministerio de la Presidencia el poder de autorización de los viáticos de funcionarios públicos en misiones oficiales fuera del país.

Esta modificación recae sobre el artículo 297 de la ley 418 de 2023 sobre viáticos en el exterior, el cual ahora se requerirá de la autorización para el viaje al Ministerio de la Presidencia con no menos de 15 días de antelación a la fecha de la partida, con una serie de justificaciones como objeto del viaje, resultados esperados, costo del viaje desglosado en transporte y viáticos del funcionario, entre otros requisitos.

En el caso de ministros, diputados, Procuradores, magistrados, Contralor, rectores y vice rectores de Universidades, Defensor del Pueblo, Superintendentes, miembros de juntas directivas de entidades estatales, expresidentes y exvicepresidentes, la modificación establece una tabla diaria por regiones en el mundo: 600 dólares para Europa, África, y Oceanía; 500 dólares para Estados Unidos, Canadá, Argentina, Brasil y Chile; y 400 dólares para México, Centroamérica, el Caribe y el resto de América Latina.

Para otros funcionarios, como directores y subdirectores nacionales, dependencias y resto de los funcionarios la tabla diaria de los viáticos se establecerá en: 500 dólares para Europa, Asia y Oceanía; 400 dólares para Estados Unidos, Canadá, Argentina, Brasil, y Chile, y 300 dólares para México, Centroamérica, el Caribe y el resto de América Latina.

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