- lunes 06 de mayo de 2024 - 12:00 AM
Transporte. Cada vez más panameños están optando por trasladarse en scooter, pero algunas personas no están usando el equipo de seguridad, pese a que es obligatorio.
La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) ha manifestado que los vehículos de movilidad personal, como los scooters, son de reciente regulación en el ordenamiento jurídico vigente, y no es sino hasta la promulgación del Decreto Ejecutivo No. 206 del 30 de abril de 2021, que tal regulación nació a la vida jurídica.
En este decreto se reglamentan las diferentes formas de movilidad no motorizada, es decir, movilidad peatonal, ciclismo y otras, contempladas en la Ley 74 de 13 de noviembre de 2017.
El artículo 16 del Decreto Ejecutivo indica que toda persona que transite en bicicleta en vías públicas, ciclorrutas, ciclovías o cualquier otro lugar destinado para ello, deberá usar casco protector como medida de seguridad personal.
La autoridad también han indicado que sean utilizados estos aparatos en la vía pública, quedan sujetos a todas las regulaciones relativas a la movilidad en ciclismo, es decir, lo que es obligatorio para el ciclista, lo es para el conductor de scooter.
Datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) los accidentes en vehículos de dos ruedas causan más de 200. Uno de los comportamientos que incrementa el riesgo de sufrir accidentes mortales es no utilizar el casco.