¿Chantaje o regla? Lo que está pasando en las escuelas privadas de Panamá

  • lunes 04 de agosto de 2025 - 12:00 AM

Algunas escuelas privadas acaban de concluir los exámenes mensuales, pero lo que debería ser un proceso académico rutinario se ha convertido en motivo de frustración para muchos padres de familia. ¿La razón? En varios planteles se está exigiendo el paz y salvo como condición para que los estudiantes puedan presentar sus evaluaciones, una práctica que está prohibida por ley. Por ello, los padres piden a las autoridades que presten atención a esta situación.

Esta medida ha generado malestar y preocupación, ya que según denuncian los padres, pone en riesgo el derecho a la educación de los estudiantes por causas ajenas a ellos.

María Peña, madre de familia del área de Panamá Oeste, expresó su inconformidad señalando que cada año las familias deben prepararse no solo para posibles aumentos en matrícula o mensualidades, sino que ahora también se ven obligadas a estar al día con los pagos para que sus hijos puedan presentar los exámenes mensuales.

“Muchas madres no tenemos otra opción que estas escuelas, y hacemos el esfuerzo, el sacrificio, pero no para que nos condicionen o abusen de nosotros. Sabemos que debemos pagar, pero eso no justifica que se afecte a los estudiantes”, aseguró Peña.

Hizo un llamado a las autoridades para que tomen cartas en el asunto y fiscalicen esta irregularidad.

“Se está violando la ley”, advierte Unadepa

Lombardo Trujillo, representante de la Unión de Padres de Familia de Centros Educativos Particulares (Unadepa), lo confirmó con preocupación y dijo que “lamentablemente, esto sigue ocurriendo. Hace poco, una madre de San Miguelito me llamó porque su hijo fue sacado del salón por tener pagos pendientes. Lo más preocupante es que ese alumno ha estado en ese colegio desde kínder y ahora está por graduarse”.

Según Trujillo, esta práctica sigue extendiéndose en muchos colegios privados y aún no hay señales claras de que vaya a detenerse. Llamó a las autoridades a cumplir con su rol de regulación y supervisión para que estas situaciones no sigan ocurriendo. “Si el padre debe, que actúen contra el padre, no contra el estudiante”, enfatizó.

Ley 285

El año pasado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró que los artículos 47, 166 y 222 de la Ley 285 del 15 de febrero de 2022, mediante la cual se crea el Sistema de Garantías y Protección de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, no son inconstitucionales.

El artículo 47 establece que los centros educativos particulares no podrán suspender el acceso a clases a ningún niño, niña o adolescente, aunque sus padres tengan saldos pendientes. Al finalizar el servicio educativo, los colegios deberán emitir una certificación con los datos del estudiante, el grado cursado y el promedio final obtenido.

Este fallo se dio luego de que la Unión Nacional de Centros Educativos Particulares (Uncep) presentara una demanda alegando que dichos artículos protegían a padres morosos más que a los estudiantes. Sin embargo, la Corte concluyó que su propósito principal es garantizar el derecho a la educación de los menores, sin interrupciones por razones económicas.

Frente a estas denuncias, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró que ningún colegio particular puede retener boletines ni suspender clases a estudiantes con saldos pendientes. El proceso educativo no debe verse interrumpido por conflictos administrativos entre los padres y las instituciones.

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