Sancionarán a empresas que incumplan normas de apertura
- viernes 15 de mayo de 2020 - 3:42 PM
El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) y el Ministerio de Salud (Minsa) serán las entidades responsables de sancionar las empresas autorizadas para reanudar actividades en caso de que cumplan con las medidas sanitarias.
La medida está contemplada en el Decreto Ejecutivo No. 96 del Mitradel, publicado este viernes en Gaceta Oficial, mediante el cual se establece un proceso laboral especial temporal para la reapertura gradual de las empresas.
Las empresas deberán informar al Mitradel los datos requeridos para el reintegro de los trabajadores y completar el formulario que aparece en la página web del Mitradel.
Los trabajadores y las empresas podrán revisar el estado de la suspensión mediante las plataformas digitales de verificación del Mitradel digital.
El Gobierno autorizó la apertura de comercios desde el 13 de mayo para talleres de mecánica y repuestos en general, servicios técnicos: plomeros, electricistas, mantenimiento de sistemas, aires acondicionados, ascensores, mantenimiento y limpieza de piscinas; la pesca industrial y la acuicultura y las ventas al por menor en su modalidad de ventas en línea o comercio electrónico.
El Mitradel luego de la orden de reapertura gradual, podrá verificar que las listas de trabajadores reintegrados, entregadas al Mitradel, correspondan a aquellos que se encuentren laborando. Además podrá confirmar la existencia de la lista de los trabajadores reintegrados.
La disposición del Minsa establece que solo operarán de lunes a viernes en horario de 8 am a 4 pm, además a estas empresas solo se les autorizará un máximo de diez empleados por sucursal durante esta primera fase, mientras que las entregas se podrán realizar a domicilio los lunes, miércoles y jueves de 8 am a 12 medio día.
Se ha determinado que para la entrega de los productos solicitados se hará exclusivamente en vehículos de la empresa.
Las empresas y trabajadores deben en todo momento ajustar sus actividades al protocolo para preservar la higiene y la salud en el ámbito laboral para prevención ante el Covid-19.
Las empresas que reactiven sus operaciones y actividades comerciales, autorizadas por el Minsa, podrán acordar con los trabajadores reintegrados una reducción de jornada laboral durante la vigencia del estado de emergencia.