La Guerra de los Mil Días

Consejo de Guerra a Victoriano Lorenzo VII Parte
  • lunes 09 de diciembre de 2019 - 12:00 AM

En una pequeña celda y encadenado, Victoriano Lorenzo permaneció sin auxilio de abogados defensores durante cuatro meses y días, escuchando solo en su mazmorra el golpeteo de las olas y los gritos de los custodios. En sus requisitorias aún en las condiciones en que se encontraba, le pedía a sus copartidarios que dejaran las armas y que se acogieran al Tratado de Paz.

El líder indígena cuyo levantamiento revolucionario había sido su última alternativa de sobrevivir, había sido excluido de todos sus derechos. En sus filas, había hombres desposeídos de tierras por el cruel terrateniente, lo que lo llevaron a la explosiva consigna de la insurrección. Ahora tenía que pagar en la celda y bajar la cabeza en señal de derrota por su atrevida incursión contra sus rivales.

Claro está, que el Tratado lo podía proteger; sin embargo, entre las cartas cruzadas de las autoridades se empecinaban en mantenerlo preso. Tal es la nota de Antonio Zubieta al secretario de gobierno, en que manifiesta lo siguiente: ‘Victoriano Lorenzo se encuentra bajo la acción militar, en calidad de sindicado, para los efectos de la causa que se le sigue por varios delitos que se refiere la parte vigente del Decreto N° 484, de 20 de octubre de 1899. Entregado a la justicia por sus mismos compañeros; y puesto que la autoridad bajo cuya dependencia está, para el efecto de la tramitación de su causa, pide que se le ponga grilletes… hay motivos poderosos para asegurarlo así', (Gaceta Oficial N° 11124).

El general conservador Pedro Sicard Briceño dio orden al general Huertas de fabricar pruebas incriminatorias contra Victoriano Lorenzo, para ser ejecutado. La sujeción de la posible pena de muerte llevó al doctor Eusebio A. Morales para escribir argumentos en su defensa.

No existía confusión en relación a los beneficios que le otorgaba el Tratado de Paz. La defensa de Victoriano Lorenzo se amparaba en el contenido del Tratado de Paz: ‘Artículo 2 Libertad inmediata de todos los prisioneros de guerra y presos políticos que haya en la Nación, con excepción de los que NO QUIEREN ACOGERSE A ESTE TRATADO'.

‘Artículo 2. Cesación consecuencial al restablecimiento del orden público en el cobro contribuciones de guerra e impuestos extraordinarios de todo aquel quedan exonerados los colombianos con la excepción en el artículo anterior.'

Artículo 3. AMPLIA AMNISTÍA Y COMPLETAS GARANTÍAS PARA LAS PERSONAS Y LOS BIENES DE LOS COMPROMETIDOS EN LA ACTUAL REVOLUCIÓN, CANCELACIÓN O ANULACIÓN INMEDIATA DE TODOS LOS JUICIOS POR RESPONSABILIDADES POLÍTICAS CON LA MISMA EXCEPCIÓN DE PERSONAS ESTABLECIDAS ANTERIORMENTE'.

Solicitó Victoriano Lorenzo al abogado Safanor Moré y fue negado, el ejército decidió que fuera un tal Mallarino, quien era miembro del ejército conservador, y fue inocuo su proceder. A la 1 p.m. del 14 de mayo se empezaron a pegar los carteles anunciando el juicio. Los miembros del Consejo de Guerra deliberaron hasta el día siguiente. El general Arístides García Herrera declaró lo siguiente: ‘1. Está plenamente comprobada la competencia del Consejo…. 2. No hay nulidad alguna que vicie el procedimiento…' (Archivo Nacional de Panamá Tomo 3295). La primera fase del Consejo de Guerra terminó a las 6 y media de la tarde.

A las 5 p.m. del 15 de mayo, se dieron seis disparos con los que se anunciaban que Victoriano Lorenzo sería fusilado. El general Lorenzo fue atendido por el sacerdote Bernardino de la Concepción que lo confesó. Luego salió de la cárcel vistiendo un traje dril. Al redoble del tambor sordina con una escolta, caminó hacia el patíbulo. Dos reos le vendaron los ojos y el pelotón de fusilamiento preparó sus armas. La muchedumbre, agolpada como a 500 metros, observaba en silencio.

El condenado estuvo de pie. A diez pasos se encontraba el pelotón de fusilamiento. Sonaron las campanas en señal de presencia de la muerte. La orden la dio un militar quien sacó un pañuelo y lo agitó. El godo puso el ojo en la mira y se escucharon los tronazos de las descargas. Doce rifles vomitaron fuego y las balas le penetraron hasta el alma de Victoriano Lorenzo, quien se agitó e intentó levantarse e inclinó la cabeza. Pasados treinta segundos, la segunda fila hizo un movimiento de flanco. Un segundo tronazo le destrozó su cuerpo y seguida de la tercera descarga, y Victoriano Lorenzo cayó.

El general Pedro Sicard Briceño impidió que el cuerpo fuese colocado en un ataúd. Luego lo tiraron en una vieja carreta. Los soldados marcharon con el cadáver y al llegar a calle primera, la carreta dio un giro y un chorro de sangre fue expulsado por la boca. Fue enterrado en el cementerio y le pusieron custodios. Mártir de la lucha campesina y general ejemplar, Victoriano Lorenzo había sido asesinado. Ahora Washington, terminaría engañando a los colombianos al intervenir y apoyar la independencia de Panamá, y luego nos traicionaría y nos robaría el Canal el 18 de noviembre de 1903, con un tal Hay y un tal Bunau Varilla. Y aún así no aprendemos.

HISTORIADOR