DGSP indica que no procederá con depósito domiciliario de Noriega
- miércoles 25 de enero de 2017 - 5:52 PM
El exgeneral Manuel Antonio Noriega, deberá permanecer recluido en el Centro Penitenciario El Renacer, ante la información de Sistema Penitenciario, que no procederá con el depósito domiciliario.
Advierten que, apesar que aun cuando ha sido notificado por el Órgano Judicial, Manuel Antonio Noriega se encuentra en cumplimiento de otras 2 condenas, una dictada por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de David Chiriquí, y la otra por el Segundo Tribunal Superior de Justicia.
Asimismo el Sistema Penitenciario informa que para proceder con la medida de arresto domiciliario debe, además del fallo de la Sala Penal, recibir notificación sobre la decisión del Juez de Cumplimiento del Órgano Judicial, con relación a las otras dos condenas antes descritas.
Según el artículo 46 de la Ley 63 de 2008, el Juez de Cumplimiento tiene competencia para: “1. La ejecución de las penas y las medidas de seguridad; 2. El cumplimiento, el control y la supervisión para que sea efectivo el régimen impuesto en los procesos suspendidos a prueba, la suspensión condicional de la ejecución de la pena y de cualquier subrogado penal; 3. El proceso de rehabilitación en los supuestos de interdicción de derechos; 4. Las cuestiones que se susciten durante la ejecución de la pena y las medidas de seguridad, velando que se respeten los derechos fundamentales del sancionado y no se restrinja más allá de lo establecido en la sentencia; 5. Resolver sobre la aplicación de los programas y avances del proceso de resocialización”.
Y además, en cumplimiento de la Ley 42 del 2 de septiembre de 2016, en su artículo 132, adiciona el artículo 67-A a la Ley 55 de 2003, que establece que “el depósito domiciliario u hospitalario consiste en la reubicación del privado o privada de libertad en un recinto hospitalario o domiciliario, de manera temporal, cuando sus condiciones clínicas no sean aptas para permanecer en el medio carcelario, certificado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, sujeto a la autorización, controles y seguimientos del Juez de Cumplimiento”.