Código de Trabajo se pone viejo; piden actualizarlo
- jueves 09 de diciembre de 2021 - 12:00 AM
Por el colapso que se ha dado en el empleo (sobre todo de asalariados privados), expertos ven urgente que se revise y hasta modificar el Código de Trabajo de Panamá, que data de 1972 .
René Quevedo, consultor Laboral, es uno de los que consideran que hay aspectos que se deben revisar o flexibilizar en el Código, entre ellos el período para la definición de permanencia.
Explicó que los asalariados del sector privado eran 53% de los empleos en 2013, y hoy son 34% (19 puntos menos en 8 años).
‘Hoy tenemos menos asalariados privados que en 2005, por lo que se debe crear un entorno que propicie la generación de empleo formal', expresó Quevedo, al indicar que dos de cada tres trabajadores en el país son informales y funcionarios; y esto no es sostenible.
Detalló que no es sostenible porque el empleo asalariado privado aporta $0.26 a las finanzas del Estado (ISLR, CSS, Seguro Educativo). El del funcionario también, pero el Estado es el empleador, así que es ‘sacarse de un bolsillo para metérselo en el otro'. Y solo el 17% de los informales cotiza a la CSS.
Escenario complicado
Mientras que el consultor laboral, Luis Eduardo Valle, al ser consultado de cómo visualiza este final de 2021 e inicio del 2022, en el área laboral, contestó que el escenario lo ve complicado, ya que se requiere con urgencia actualizar el Código de Trabajo, que data de 1972, que a su juicio no se ajusta a la realidad económica y laboral de Panamá.
Comunicó que tras la pandemia ha quedado demostrado que la legislación laboral panameña, específicamente el Código de Trabajo, está desactualizado y basado en una realidad laboral inoperante. ‘La reactivación económica de la República de Panamá requiere inminentemente un cambio en la manera que vemos, entendemos y manejamos las relaciones laborales', dijo.
Resaltó que en sus 15 años de experiencia en el manejo del derecho laboral ha identificado tres puntos donde la legislación y las autoridades de trabajo tienen oportunidades de mejoras enormes y necesarias: Actualización y flexibilización de la relación de trabajo; asociación sindical y resolución de conflictos laborales; y especialización de la norma laboral.
Citó de ejemplo, que los cambios en la forma de trabajar originados por los avances tecnológicos, el comercio internacional y recientemente la pandemia del covid-19 requieren una revisión de las normas básicas en materia laboral en Panamá, como tipos de relaciones de trabajo, la jornada de trabajo y sus descansos, remuneración y beneficios y la terminación de la relación de trabajo.
Por lo que ve oportuno que se flexibilice la jornada de trabajo, específicamente en su distribución y lo relacionado con los periodos de descanso, enfocándose más en la productividad durante dicha jornada, que el control de horas trabajadas.
Aplicar la norma vigente
No obstante, para el dirigente sindical, Eduardo Gil, no es necesario modificar el Código, lo que hay que establecer normas y reglamentos para que las empresas cumplan las normativas vigentes.
El dirigente afirmó que el Código ha demostrado tener la capacidad de hacerle frente a situaciones como la pandemia. Sin embargo, las medidas de flexibilización que se implementaron bajo la temporalidad de la crisis sanitarias por parte del gobierno han sido aprovechadas por las empresarias de manera inescrupulosas para afectar los derechos de los trabajadores e incrementar sus márgenes de ganancias.
‘Si hubiera que modificarse el Código debería para serlo más protector de las condiciones labores, sería para regular más las actitudes de las empresas que burlan las legislaciones labores", expresó Gil, al reafirmar que en Panamá no hay problema con el código actual, lo que falta es la aplicación de la norma.
La ministra de Trabajo Doris Zapata ha expresado que las garantías y herramientas que ha podido tener el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, para poder hacer las reglamentaciones correspondientes y preservar los empleos con igualdad de oportunidades, ha sido precisamente la existencia del Código de Trabajo.