Arap cancela 32 embarcaciones, no tolerarán la pesca ilegal 

Dan cumplimiento al recién emitido decreto ejecutivo 245 del 21 de noviembre de 2022.
  • miércoles 21 de diciembre de 2022 - 7:10 PM

Panamá empezó la depuración de la  marina mercante como parte de las iniciativas  que están adoptando en base a  la política de cero tolerancia contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).

La semana pasada, la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (Arap) y la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) procedieron a la cancelación de las patente de navegación de 32 embarcaciones o buques de la marina mercante panameña, relacionados a la pesca ilegal, dando cumplimiento al recién emitido decreto ejecutivo 245 del 21 de noviembre de 2022.

Este decreto ordena sacar de forma inmediata de la marina mercante de Panamá a las embarcaciones sobre las cuales la Arap y dirección general de Marina Mercante de la AMP tengan motivos razonables para considerar que tienen relación con la INDNR. Este vínculo puede ser también a través de su propietario, armador, operador, fletador, capitán, beneficiario final, o cualquier otra persona natural o jurídica.

Flor Torrijos, administradora de la Arap,  dijo que el decreto 245 va en línea con la política del presidente Laurentino Cortizo de “cero tolerancia a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”, dando cumplimiento a los estándares y acuerdos internacionales de protección hacia los recursos marinos.

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“El objetivo es limpiar el registro de aquellas naves que sean identificadas como infractoras o aquellas que pertenecen a grupos económicos de buques descritos como INDRN”, destacó Torrijos.

El artículo 2 del decreto ejecutivo también establece la orden de anular de manera inmediata la patente de navegación de servicio internacional o interior y todo documento relacionado a la navegación emitido por la dirección general de Marina Mercante de la AMP. Además de denegar cualquier trámite que se encuentre en proceso en la AMP, para las embarcaciones vinculadas a la pesca ilegal, no declarada, no reglamentada.

Además se establece que es en el primer artículo del Decreto Ejecutivo 245 que la entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y políticas nacionales de pesca y acuicultura, y establece entre sus funciones, normar, promover y aplicar las medidas y procesos técnicos y administrativos para el aprovechamiento racional, sostenible y responsable de los recursos acuáticos.

Todo esto pone a Panamá en cumplimiento con los compromisos adquiridos al firmar la convención de las Naciones Unidas sobre derecho del Mar (CONVEMAR).

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