Alcaldes, diputados y ediles no podrán ir a inauguraciones

El fallo detalla que con mayor razón la prohibición debe alcanzar a los que ejercen cargos de elección popular
  • jueves 03 de mayo de 2018 - 12:00 AM

Judicial. Se fregaron los diputados, alcaldes y representantes de corregimientos, luego que ayer la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarara inconstitucional parte del artículo 75 de la Ley 29 del 29 de mayo de 2017, que reforma el Código Electoral, en que se exceptúan a quienes ocupan cargos de elección popular, de no participar en las inauguraciones de obras financiadas con fondos públicos desde la convocatoria a elecciones, o sea, desde el sábado 5 de mayo.

El fallo detalla que con mayor razón la prohibición debe alcanzar a los que ejercen cargos de elección popular, toda vez que tienen acceso directo a los fondos utilizados y al control de las actividades, lo que podría darles ventaja frente a los otros aspirantes.

Al diputado del PRD, Leandro Ávila, le parece justa la decisión de la Corte, toda vez que dice que si no se es diputado de gobierno, no se les considera para participar de estos actos.

‘Esto acaba con el relajo de que se aprovechan las obras para beneficios de uno en detrimento de otros', manifestó el diputado Ávila.