• viernes 10 de mayo de 2024 - 12:00 AM

Constituyente originaria con Mulino

En campaña, Mulino dijo que daría una Constituyente, la llamada originaria. Eso es mucho prometer, pero todo es relativo.

Constituyente originaria se ha usado para diferenciarla de la mal llamada constituyente paralela. El ejercicio constituyente es un acto político, no jurídico, que constituye algo nuevo, no reforma lo viejo. Constituir no es reformar.

Pero, por lo que con falsedad ideológica se está usando, digamos que la constituyente que propone Mulino, la “originaria” se hace. Qué alcance debe tener una constituyente y más con el apellido de “originaria”? Que lo que salga d ese ejercicio debe romper con el antiguo régimen y llevar a la nación a lo nuevo. Eso es que, terminada la constituyente o sea, proclamada la nueva Constitución, esta debe aplicarse.

Así, con la nueva forma de definir los cargos de elección y de nombramientos jerárquicos, deben cesar los viejos actores en sus funciones y ser reemplazados con los que salgan con los nuevos métodos. Si la nueva Constitución dice que el Legislativo será integrado por 50 o 60 diputados, los que están serán cesados. Igual el presidente y demás “autoridades”, porque habría que hacer nuevas elecciones con las nuevas reglas y habrá nuevos elegidos. El Órgano Judicial se renueva como el Ministerio Público.

Si dicen que no sería así, no es constituyente y menos con el calificativo de originaria, porque estarían aplicando una falsedad ideológica. Como la asamblea constituyente es soberana, puede definir cuándo entra en vigencia lo aprobado pero no se le puede limitar los alcances que ella decida.

Pero hay algo que debe encender alarmas. La procedencia de Mulino. Viene de acciones autocráticas. Eso nos puede decir que en la constituyente originaria que él propone puede salir un vestido a la medida de esas veleidades autocráticas si él la manipula.

La constituyente debe ser legitimada por un referéndum para convocarla. En ese referéndum debe tenerse el reglamento de la convocatoria, de la forma de elección, de quiénes se pueden postular para constituyente.

No legitimarla vía consulta popular, como proponía Lombana, es deslegitimar la convocatoria. Recordemos que la constituyente es un acto político que puede estar al margen de lo que hoy le llaman Constituyente Paralela. Y, terminada la nueva constitución debe ir también a referéndum.

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