- sábado 07 de noviembre de 2026 - 12:00 AM
¡Como medida provisional, suspéndanse los subsidios electorales!
Los subsidios electorales, con sus escandalosos montos que, según las estimaciones y por la progresividad con que crecen, automáticamente, para la próxima vuelta, superarán los 150 millones no pueden justificarse en un país que financia sus presupuestos con un endeudamiento público que sigue montado en una flecha ascendente con límites que, por infinitos, siguen barrenando el profundo hoyo de las finanzas públicas.
So pretexto de que, para consolidar una democracia, cada vez más enclenque, es necesario financiarla con dinero público, contradiciendo abiertamente el texto constitucional, en el Código Electoral, con el patrocinio de los partidos políticos y la complicidad del Tribunal Electoral, se convirtió en obligatoria la que era una opción, previsoramente, condicionada a la salud de las finanzas públicas.
Por una parte, el artículo 141 del Código Electoral dice: “El Estado podrá fiscalizar y contribuir a los gastos en que incurran las personas naturales y los partidos políticos en los procesos electorales. La Ley determinará y reglamentará dichas fiscalizaciones y contribuciones, asegurando la igualdad de erogaciones de todo partido o candidato.” Por la otra, los artículos 203 y 204 del Código Electoral, para supuestamente desarrollar esa norma constitucional, la torcieron y tergiversaron, apartándose de su texto e intención, al transformar en mandato obligatorio la que era una opción y, además, absurdamente, establecer para calcularlo una base porcentual que lo ha hecho crecer, exponencialmente.
Por el 203 se dispone que “El Estado contribuirá . . en los procesos internos de postulación y en las elecciones generales” y, por el 204, que, “para cada elección general se aprobará en el Presupuesto del Tribunal Electoral, . . . una partida equivalente al 1% de los ingresos corrientes presupuestados para el Gobierno Central.”
Según la Constitución la contribución del Estado es optativa y debe estar condicionada a “la salud de las finanzas públicas”. Por el contrario, y para favorecer sus intereses, tanto los partidos como el Tribunal Electoral anularon esa previsión e impusieron una obligación presupuestaria, abiertamente inconstitucional.
Los hechos, tanto por los abusos, frecuentemente denunciados, en la utilización de los subsidios, como porque su monto no parará de crecer, sacrificando recursos que debieran destinarse a cubrir necesidades prioritarias de nuestra población, imponen, primero, la suspensión inmediata de los desembolsos del subsidio electoral y segundo, revisar y anular ambos textos del Código Electoral, para que respondan, fielmente, al texto constitucional.