• miércoles 06 de marzo de 2024 - 12:00 AM

Cerró un capítulo, viene el epílogo

El día lunes 4 de marzo de 2024 quedara en la mente del expresidente condenado 

El día lunes 4 de marzo de 2024 quedara en la mente del expresidente condenado y de su equipo político y legal como una noche larga que lo llevó a tocar fondo. Después de 7 años de evasivas, finalmente la justicia se impuso y evitó que se diera al traste con la institucionalidad democrática. La condena de más de 10 años de cárcel por el delito de blanqueo de capitales ya no admite ningún recurso y todo lo que se diga es puro cuento de camino. El destino es solo uno: condena y multa de 19 millones de dólares.

El anuncio del Tribunal Electoral de inhabilitación política y prohibición de la candidatura implica el cierre del capítulo relacionado a su carrera política hacia la Presidencia. Ya no podrá hacer realidad su sueño de gobernar al país y pasar las facturas a sus adversarios. Y no solo por este quinquenio, sino, que su situación se extiende mucho más allá, dado que es incierto su futuro y la posibilidad de que para el 2029, pueda estar habilitado para ser candidato, ya que estaría todavía pagando su condena principal.

Lo que sigue es terminar con el proceso de emisión de las respectivas órdenes de captura en espera de que haya una solución diplomática de entrega del asilado a la justicia panameña, lo cual se puede acelerar si la embajada nicaragüense no coopera con la Convención de Viena sobre las condiciones de asilo diplomático y esto obligaría a nuestro país, a la ruptura de relaciones, el retiro de dicha embajadora y captura del condenado. Esto es lo que veo en el horizonte, porque ni este ni el próximo gobierno va a otorgarle el salvoconducto y ahora mucho menos, después que la sentencia quedó en firme y ejecutoriada. El que diga que, contra la decisión del Tribunal Electoral, cabe Amparos y Recursos de Inconstitucionalidad, debe detenerse primero a pensar que es facultada discrecional del Tribunal interpretar y ejecutar las normas electorales y que contra esa decisión solo es admisible el Recurso de Inconstitucionalidad y este no suspende los efectos de la decisión. Sobre la tesis de que le asiste un recurso de Reconsideración sobre la decisión adoptada, eso solo sería el epílogo de la obra.

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