A velocidad del rayo aprueban reformas al Código Electoral
- viernes 22 de octubre de 2021 - 12:13 AM
De forma sorpresiva y a solo horas de que el presidente Laurentino Cortizo vetara parcialmente un artículo del proyecto de ley 544, la Asamblea Nacional lo aprobó ayer en tercer debate, con 30 votos a favor 5 en contra y 2 abstenciones.
Fue el miércoles cuando se dio a conocer la decisión del presidente Cortizo de vetar parcialmente el proyecto de ley 544 que reforma el Código Electoral y lo envió a la Asamblea, la cual lo admitió y la mañana de este mismo jueves votó en tercer debate subsanando lo objetado y en solo algunas horas sería enviado nuevamente al Ejecutivo para su sanción.
La objeción parcial del presidente Laurentino Cortizo solo fue por el artículo 227 que habla de la amnistía a diputados que no entregan a tiempo el informe de gastos de dineros recibidos de particulares.
Algunos analistas piensan que el partido gobernante solo busca blindar su fórmula del 33% en el Código Electoral [Ley 544], otros indican que el documento completo podría ser objeto de demanda ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), una vez sea sancionado.
Reacciones
Aurelio Barría, fundador de la Cruzada Civilista Nacional, dijo en twitter que ‘el veto parcial fue insuficiente y mezquino con el avance democrático que el país requiere, y recomendó al Tribunal Electoral para que presente un nuevo proyecto de ley incluyendo los temas que los diputados eliminaron, y a su vez que demande la inconstitucionalidad del proyecto de ley.
El Tribunal Electoral (TE) presentó en el proyecto de ley 544 la modificación, cambios e incorporación de 230 artículos al Código Electoral vigente, entre ellos algunos que tienen que ver con las mejoras al sistema electoral que fueron eliminados por los diputados de la Comisión de Gobierno Justicia y Asuntos Constitucionales y el Pleno.
Ante la posibilidad de que una vez que la ley sea sancionada por el presidente Cortizo sea demandada, el presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), Juan Carlos Araúz, opina que no solo la institución electoral puede demandarla, sino cualquier ciudadano.
‘Una vez publicada la ley en Gaceta Oficial se convierte en ley de la República y desde ese momento puede ser objeto de demanda', aclaró Araúz.
Si la demanda es por la totalidad de la ley, el TE tendría que organizar las próximas elecciones generales de 2024 con el Código Electoral vigente (2017), no obstante, de ser demandados solo algunos artículos la nueva ley [544] entraría en vigencia con su promulgación y aplicada por el TE.
Según el profesor universitario Miguel Antonio Bernal, estas reformas no democratizan nada, e instó a la ciudadanía a pronunciarse y respaldar los llamados a protestas contra lo que llamó el engaño de parte de los diputados y magistrados del TE.
‘Ellos saben que los 9 de la Corte van a hacer lo que han hecho siempre con los recursos de inconstitucionalidad contra los magistrados del Tribunal Electoral, los engavetan', asegura el constitucionalista.
Bernal concluye que es sano que todos los sectores sociales protesten para que el descontento crezca, aunque no necesariamente significa que los diputados, magistrados o el Ejecutivo van a prestar atención, pero ‘a la ciudadanía lo único que le queda es protestar, de lo contrario sería convertirse en cómplice', destacó el doctor en Derecho.