Un nuevo revés para los comicios electorales de la UMIP: Sala Tercera exige autenticación del acto de proclamación

Esta acción podría ser el primer paso hacia la admisión de la demanda de nulidad presentada por el abogado Alejandro Arias
  • miércoles 29 de enero de 2025 - 7:33 AM

Un nuevo golpe podría recibir el proceso electoral de la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP) y, por consiguiente, la reelección del actual rector, Víctor Luna Barahona, luego de que la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia solicitara la certificación del acto de proclamación del rector Luna Barahona.

Esta acción podría ser el primer paso hacia la admisión de la demanda de nulidad presentada por el abogado Alejandro Arias, no solo contra el acto de proclamación, sino también contra todo el proceso electoral llevado a cabo por el Comité Electoral Universitario de la UMIP.

Según el abogado Alejandro Arias, el magistrado sustanciador Carlos Vázquez ha solicitado un paso previo a la admisión de la demanda de nulidad contra la elección de Víctor Luna Barahona como rector de la UMIP.

Esta solicitud consiste en la presentación de una copia autenticada de un documento que no fue entregado durante la diligencia solicitada ante el Comité Electoral Universitario. La falta de este documento ha llevado a la Sala Tercera a intervenir, solicitando formalmente la copia para continuar con el proceso.

Arias explicó que esta solicitud es esencial para que la Sala Tercera pueda evaluar el fondo del caso, específicamente para determinar si el señor Luna Barahona cumple o no con los requisitos necesarios para el cargo.

La orden de la Sala Tercera llega luego de que el Comité Electoral de la UMIP evitara, bajo argumentos sin sustento, entregar a abogados y personas interesadas las resoluciones autenticadas, entre ellas, la Resolución CEU 093-2024, a través de la cual, de manera poco convencional, el comité revela los resultados de las elecciones y proclama a Luna Barahona, a pesar de múltiples solicitudes formales realizadas.

Según juristas, este comportamiento del Comité Electoral de la UMIP evidenció una clara intención de impedir que se interpusieran recursos legales que pudieran poner en peligro la toma de posesión y la continuidad de Luna Barahona en el cargo, como amparos de garantías, en un contexto marcado por denuncias de parcialidad y presuntas irregularidades.

Entre los señalamientos contenidos en la demanda presentada por Arias, se destacan cuatro aspectos fundamentales que sustentan la solicitud de nulidad del proceso. En primer lugar, se alega la falta de un diploma válido por parte del señor Víctor Luna Barahona, quien no presentó su título de licenciatura, sino únicamente una certificación en el año 2014, lo que no cumple con los requisitos exigidos para el cargo.

Asimismo, se señala que la maestría ostentada por Luna Barahona no guarda relación con el sector marítimo, sino que corresponde a una especialización en docencia superior. Este hecho contraviene de manera evidente los requisitos establecidos, los cuales demandan una formación académica específica en el ámbito marítimo para poder ejercer el cargo en cuestión.

Otro de los puntos cuestionados es la falta de separación oportuna de su cargo. A pesar de que el Consejo Superior le solicitó de manera voluntaria apartarse de sus funciones con la debida anticipación, Luna Barahona permaneció como rector en propiedad. Esta situación obligó al Consejo Superior a ordenar su separación formal y, en su lugar, designar como rector interino al profesor Tomás Díaz, con el fin de garantizar la estabilidad institucional.

Finalmente, se denuncia la modificación irregular del calendario electoral dentro del mismo proceso, lo que generó una alteración en las reglas establecidas. Estos cambios, además de crear un escenario de irregularidad, no fueron sometidos a la consideración del Consejo Superior, como lo estipulan el estatuto y el reglamento electoral, lo que compromete la transparencia y legalidad del proceso.

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