Nuevas reglas para las incapacidades médicas. ¿Adiós al juega vivo?

Entra en vigencia el decreto que regula la forma y condiciones para emitir certificados médicos de incapacidad
  • domingo 12 de octubre de 2025 - 12:00 AM

A partir de ahora, el que quiera una incapacidad, que sea de verdad. Nada de cuentos, ni de certificados “brujos”. El Gobierno aprobó el Decreto Ejecutivo N.° 17, que establece el procedimiento para la verificación de la autenticidad de los certificados médicos de incapacidad en Panamá.

Medida que surge como respuesta al aumento en la expedición de certificados y a las constantes solicitudes de verificación por parte de instituciones públicas y privadas, debido a la creciente desconfianza por su comercialización indebida.

Con el nuevo decreto, solo médicos y odontólogos idóneos, debidamente registrados ante el Consejo Técnico de Salud, podrán emitir certificados de incapacidad. Ya sea en formato impreso o digital.

Estos certificados deberán tener numeración continua, datos completos del profesional emisor, lugar de atención, teléfono de contacto, fecha y hora de inicio y finalización de la incapacidad.

Como era de esperarse, la medida ha generado reacciones divididas en las redes sociales. Muchos usuarios han aplaudido el decreto, argumentando que era necesario frenar el uso irresponsable de las incapacidades. Algunos incluso señalaron que era hora de acabar con el “negocio” que se había instaurado en ciertas clínicas, donde los certificados “se vendían”, y con el comportamiento de algunas personas que, supuestamente, se enfermaban solo para faltar al trabajo.

Sin embargo, la medida también ha generado críticas. Varios usuarios han cuestionado la viabilidad de implementar certificados digitales en centros médicos que, según ellos, ni siquiera cuentan con un sistema adecuado para agendar citas. Otros han señalado que antes de imponer nuevas exigencias, el gobierno debería enfocarse en mejorar la atención médica, garantizar los insumos necesarios y reducir las interminables filas. Incluso, algunos aseguran que, con esta medida, las incapacidades podrían “venderse aún más caras”

El decreto, que consta de 15 artículos, también deja claro lo que está prohibido: emitir certificados sin haber evaluado al paciente, venderlos, omitir datos importantes, firmar sin ser médico, o no dejar constancia en la historia clínica. Si el documento no cumple con lo que exige la ley, será considerado nulo, y el profesional responsable enfrentará sanciones administrativas.

Según Emma Pinzón, de la Fundación de Artritis Reumatoide de Panamá, la nueva medida puede generar preocupación, especialmente entre los pacientes que realmente necesitan una incapacidad médica, ya que su condición de salud no les permite asistir al trabajo. Sin embargo, considera que es fundamental evitar el abuso de un instrumento tan importante como este.

“Como organización de pacientes, estamos de acuerdo con que se adopten medidas que garanticen la autenticidad de los certificados de incapacidad”, afirmó.

Para Roger Barés, presidente del Comité de Protección al Paciente y Familiares, la medida es acertada. “Este decreto es justo y necesario. El mal uso de las incapacidades se convirtió en un negocio, permitiendo que funcionarios públicos y privados burlaran las normas. Eso afecta la economía de las instituciones. Es como una evasión fiscal. Estoy totalmente de acuerdo”, enfatizó.

Por su lado, el consultor laboral René Quevedo, manifestó que la medida es positiva, ya que no es ningún secreto la corrupción y el abuso en la expedición de certificados médicos de incapacidad, los cuales en muchos casos pueden ser comprados para justificar ausencias laborales, generando un grave impacto en la productividad de las empresas. “Es un paso en la dirección correcta para poner orden y extirpar un importante foco de corrupción ampliamente conocido”, puntualizó Quevedo.