Lista de agresores sexuales serán de acceso público

Activistas aplauden la nueva norma, pero advierten que aún queda mucho por hacer en la protección de la niñez
  • miércoles 26 de noviembre de 2025 - 12:00 AM

Publicar la lista oficial de agresores sexuales en Panamá es un paso positivo, aseguran los defensores de los derechos de niños, niñas y adolescentes, aunque advierten que todavía queda mucho por hacer para garantizar la protección plena de la niñez.

Lucy Córdoba, activista en defensa de la niñez, calificó esta medida como un avance, pero señaló que representa solo un pequeño porcentaje de las acciones necesarias para proteger a la niñez panameña.

La reacción de Córdoba se produjo tras la sanción por parte del presidente José Raúl Mulino de la Ley 501, que permite el acceso público al Registro Oficial de Ofensores Sexuales.

“No es una lucha de hoy, viene de décadas. Para muchos activistas de derechos humanos a favor de la niñez, esto representa un paliativo, pero reiteramos que el tema de la niñez debe ser un asunto de Estado, más allá de tendencias políticas y gobiernos de turno”, afirmó Córdoba.

Añadió que “la niñez es para siempre; los gobiernos duran solo cinco años. Con esa misma fuerza deberían abordar de manera eficiente el tema de la trata y el tráfico de niños, porque ese es un problema que aún no quieren tocar”.

Antes de esta norma, este registro era privado y solo accesible para las autoridades judiciales.

La ley, que surge de una propuesta presentada por la diputada Paulette Thomas, busca no solo mejorar la prevención de delitos sexuales, sino también empoderar a las familias y comunidades al proporcionarles información de acceso público a través de internet.

La nueva ley cuenta con siete artículos. El primero indica: “Se crea el Sistema Nacional de Registro Oficial de Ofensores Sexuales, que contendrá información detallada de las personas mayores de edad que sean condenadas o estén cumpliendo condenas, mediante sentencia debidamente ejecutoriada, por delitos contra la libertad e integridad sexual en sus diversas modalidades, tráfico de personas menores de edad y trata de personas con fines de explotación sexual, para que sirva de base de datos de acceso público, a fin de ejercer una prevención situacional del delito, así como para la emisión de certificados de no agresor sexual”.

Además, la norma determina que el sistema estará a cargo del Gabinete de Archivos e Identificación Personal de la Dirección de Investigación Judicial, encargado de mantener una base de datos actualizada y almacenada en un medio seguro. Este gabinete también será responsable de crear el sitio o plataforma web para el acceso público a esta información.

En redes sociales, la ley ha recibido aplausos, aunque algunos usuarios han pedido que, al momento de publicarla, no se excluya a nadie.

Estas medidas resultan oportunas, ya que, según datos del Ministerio Público, entre enero y octubre de este año se presentaron 4,884 denuncias por violaciones y otros delitos sexuales, de las cuales 1,943 corresponden a violaciones simples y 230 a violaciones doblemente agravadas.

Ante estas preocupantes cifras, el gobierno ha respondido endureciendo las penas con la Ley 474, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal.