Juzgado rechaza pedido del expresidente Toledo en el caso Odebrecht

La colusión es un delito que se comete cuando el servidor público pacta con un tercero.

Un juez peruano rechazó el pedido de la defensa del expresidente Alejandro Toledo (2001-2006) para que se le excluya del delito de colusión en el proceso que se le sigue por presuntamente haber recibido millonarios sobornos de la empresa brasileña Odebrecht.

La colusión es un delito que se comete cuando el servidor público pacta con un tercero para defraudar al Estado en los contratos públicos de bienes, obras o servicios que se le ha encargado.

El juez Richard Concepción Carhuancho declaró este martes inadecuada la excepción de improcedencia de acción solicitada por el abogado de Toledo, Roberto Su, para excluirlo de ese delito en el proceso por el cual fue extraditado a Perú desde Estados Unidos, en abril pasado.

El juez declaró, además, que "la conducta atribuida a Alejandro Toledo tendría relevancia penal en este caso", en el que también es procesado por lavado de activos.

El magistrado señaló en su resolución que, según la acusación del Ministerio Público, el exmandatario había intervenido en un "pacto colusorio" con Odebrecht y que "habría infringido uno de sus deberes, resguardar los intereses del Estado, al concertarse con el interesado".

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Inicialmente, el abogado de Toledo sostuvo que el exmandatario no podía ser procesado por ese delito porque fueron los empleados de Josef Maiman, su presunto testaferro, quienes negociaron el supuesto soborno pagado por Odebrecht y no él.

Sin embargo, el letrado argumentó este martes que Toledo no contaba con un "título habilitante", una facultad legal, para encargarse directamente de la adjudicación de la carretera Interoceánica, al momento en que se entregó esa obra a Odebrecht.

En ese sentido, el juez afirmó que la participación de Toledo en la presunta comisión del delito "va a exigir la evaluación del caudal probatorio" en otro momento del proceso.

Durante el inicio de la audiencia, la defensa de Toledo dijo que desistía de pedir el archivo de los cargos de lavado de activos y colusión, pero que insistía en la improcedencia de acción para el último delito.

Ante esto, el fiscal José Domingo Pérez citó los fundamentos de la resolución de extradición presentada a Estados Unidos por la Corte Suprema en la que se señaló que Toledo tuvo una "intervención directa" en el proceso de adjudicación de esa obra, así como en la designación del comité a cargo y en otros actos funcionales.

Tras conocer la decisión del juez, la defensa de Toledo anunció que presentará un recurso de apelación y la fundamentará en un plazo de cinco días.

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