Inicia  procedimiento para remoción de aeronaves abandonadas

El aeropuerto podrá disponer de estas aeronaves abandonadas de la manera que considere conveniente, útil o efectiva
  • lunes 01 de agosto de 2022 - 11:10 AM

El Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. aprobó mediante resolución de Junta Directiva No. 030-JD-22 del 10 de marzo de 2022, el procedimiento para la declaración de abandono de aeronaves con matrícula nacional o extrajera en desuso que se encuentran deterioradas y abandonadas en los terrenos de la terminal de carga.

El procedimiento de declaratoria de aeronave abandonada podrá ser iniciado de oficio, por denuncia o a solicitud de parte interesada, dirigida por escrito a la gerencia general de Tocumen S.A, acompañada de la documentación probatoria que permita valorar el estado de abandono en que se encuentre la aeronave, así como los riesgos para la operatividad, seguridad del aeropuerto y el medio ambiente.

Según la resolución Tocumen S.A., podrá remover o reubicar aquellas aeronaves que representen un peligro o afecten la operatividad de los aeropuertos administrados por el aeropuerto de Tocumen, ya sea en un lugar dentro o fuera del polígono de la terminal área.

En caso en que la aeronave sea objeto de medida cautelar , como secuestros, embargo o aprehensión de parte de cualquier otra autoridad, Tocumen S.A., podrá solicitar a la autoridad responsable que movilice la aeronave a sus instalaciones, sustentada su petición en motivos de seguridad operacional, seguridad aérea y por razones de operatividad.

El aeropuerto podrá disponer de estas aeronaves abandonadas de la manera que considere conveniente, útil o efectiva, con la prevalencia de los mejores intereses del Estado. En caso de apersonarse el propietario u operador de la aeronave y comunica su intención de responder y responsabilizarse por ésta, deberá presentar un plan para desocupar el área en donde se encuentra la aeronave , en un plazo no mayor de 30 días calendario y cubrir cualquier gasto adicional producto del traslado, cuidado o que haya ocasionado la aeronave abandonada.

El propietario o persona responsable puede interponer recurso de apelación ante la Junta Directiva de Tocumen S.A., dentro de los cinco días hábiles posteriores a la última publicación a través de un edicto emplazatorio en dos diarios de la localidad de circulación nacional. La Junta Directiva de Tocumen S.A., dará respuesta al recurso de apelación en el plazo de 30 días calendario, de presentado el respectivo escrito.

aprobó el procedimiento para la remoción y declaración de abandono de aeronaves con matrícula nacional o extranjeras que se encuentran deterioradas y abandonadas en la terminal de carga.

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