Impugnaciones a Martinelli se deciden en 30 días
- miércoles 10 de abril de 2019 - 12:00 AM
La audiencia de impugnación a las candidaturas del exmandatario Ricardo Martinelli, a diputado y alcalde de la ciudad capital, se desarrolló sin la presencia del impugnado.
El equipo de la defensa del expresidente, entre ellos Alma Cortés, Alejandro Pérez y José Luis Parada, hicieron sentir su disconformidad por la ausencia de Martinelli a pesar de lo dispuesto por un Tribunal de Garantías que le permitía asistir a dicha audiencia. Culparon al ministro de Gobierno, Carlos Rubio, de no permitir su comparecencia.
Alegatos
La juez Elvia Rengifo Rodríguez, luego de las formalidades de apertura, ilustró a la sala sobre el motivo del proceso, citó las dos solicitudes de impugnación del 28 de febrero de 2019, hechas por el abogado Jorge Hernán Rubio, padre del ministro de Gobierno.
El primero de los incidentes sobre la paridad en la postulación por los partidos Alianza y Cambio Democrático.
El segundo y más polémico solicitaba la nulidad de la postulación debido a que Martinelli no ha vivido en el último año en su lugar de residencia, ubicado en Altos del Golf, corregimiento de San Francisco, para ser candidato a diputado por el circuito 8-8.
Daniel Ramírez Lasso y Jorge Hernán Rubio, impugnantes del exgobernante a las dos postulaciones, sustentaron en sus alegatos que el lugar de residencia es donde pernocta, reside habitualmente y vive, de acuerdo con el artículo 55, Decreto 12, del 21 de marzo de 2018, del Plan General de Elecciones.
Por su parte, los juristas José Luis Parada y Alma Cortés explicaron que Martinelli está registrado en el Padrón Electoral actual en el mismo lugar de residencia desde 1993.
Cortés recalcó el hecho de que el director Nacional de Organización Electoral del Tribunal Electoral, Osman Valdés, tiene la facultad, como así lo hizo, de certificar el lugar de residencia de Martinelli, al igual un juez de Paz.
Antes de culminar su intervención, la abogada señaló que ‘es lamentable que se utilicen las instituciones del Estado para perseguir a Ricardo Martinelli, siendo el señor Jorge Hernán Rubio, uno de los impugnantes y padre del ministro de Gobierno, Carlos Rubio, jefe a su vez del director del sistema penitenciario'.
El fiscal electoral, Eduardo Peñaloza, citó el Artículo 303 del Código Electoral para dejar claro que sí existe paridad en la postulación, y ‘que la nómina cumple con el tiempo de residencia según consta en el Padrón Electoral'.
Peñaloza sostuvo que si el Tribunal Electoral, desde un principio admitió y publicó en su Boletín Electoral la postulación del exjefe de Gobierno, a los dos cargos de elección, es este ente el responsable.