Evolución del expediente penal en Panamá

Con la llegada de las computadoras y el spa se ha agilizado el sistema de justicia
  • viernes 19 de agosto de 2022 - 12:00 AM

Cuando inicié mis labores; como oficial escribiente del Juzgado Cuarto Municipal Penal de Panamá, estuve en contacto por primera vez con un expediente penal, me concentré en analizar su estructura.

Nos encontrábamos en momentos decisivos y es que el Código Judicial de 1987, había recibido algunos ‘retoques', todos dirigidos a convertir el proceso, más ‘oral' y definir ‘los roles' de los actores. Se habían potencializado ‘las medidas cautelares diferentes a la detención preventiva en 1991'.

Posteriormente (1995), se introdujeron nuevas reformas: las audiencias preliminares y los procesos abreviados. Los expedientes penales eran conocidos por los funcionarios de larga experiencia como: infolios, dosier, carpeta, cuadernos. Los expedientes eran casi en su totalidad escritos, iniciaban con la ‘noticia criminal'; en el Ministerio Público; diligencias, vista fiscal, actas de audiencia y sentencia.

Los documentos se encontraban foliados y los expedientes llevaban un gancho o hilos que los mantenía unidos. Los expedientes mantuvieron esta configuración, hasta la implementación del sistema penal acusatorio, entre 2011 a 2016.

La historia de la investigación criminal en Panamá, no es de nueva data; pero resulta extremadamente importante hacer referencia, a la legislación penal a partir del año 1873, que entró en vigencia el Código de los Estados Unidos de Colombia, que nace inspirado en ‘El Estado Federal de Panamá de Justo Arosemena' y específicamente sustentado en la Constitución de Río Negro de 1863, de corte liberal, en donde el Istmo de Panamá, tenía autonomía administrativa y llegó a tener una Corte Suprema de Justicia del Estado Federal de Panamá.

De las investigaciones que he realizado en los archivos nacionales, he podido encontrar cientos de expedientes, entre los años 1880-1903, instruidos bajo los parámetros del Código Penal, que surgió años después, de que desapareciera el Estado Federal de Panamá, con la Constitución Colombiana de 1886 y que rigió la justicia penal en Panamá hasta 1916.

Todos esos expedientes se caracterizan por mantener una carátula escrita en plumilla, los documentos están redactados a mano, mantienen un sello de la autoridad, las investigaciones eran dirigidas por un fiscal o personero, pero materializadas por autoridades administrativas, los expedientes estaban amarrados por hilos y se utilizaba papel legal 8 ½ x 14.

Con base a la ley No. 49 de 1914, el magistrado hondureño Angel Ugarte, elaboró el primer proyecto del Código Penal de Panamá, que terminó convirtiéndose en el Código Penal de 1916. Se inspiró en la legislación española y en la chilena. De corta duración, estuvo en vigencia hasta 1923, cuando entró en vigencia el nuevo Código Penal, aprobado mediante Ley No. 6 de 17 de noviembre de 1922.

Los expedientes verificados entre 1916 a 1983, presentan nuevas características: se mantenían hilos sujetando las hojas, se mantenía el uso del papel legal 8 ½ x 14, las investigaciones en una primera etapa; hasta la década de los años 20 eran controladas por fiscales o personeros y ejecutadas por funcionarios administrativos; con posterioridad a esa fecha el personal de la fiscalía o personería llevaba adelante las investigaciones penales.

La naturaleza del Sistema Procesal Inquisitivo Mixto, que regía el país, hacía que las investigaciones fueran escritas, sólo existiendo oralidad en la audiencia ordinaria, toda vez que inclusive hasta 1995, la persona era llamada a juicio por escrito.

Siempre existió en Panamá, la tendencia; de que todos estos expedientes se encontraran foliados y que los documentos o diligencias eran introducidos en orden cronológico (fechados). Ya desde entrada la década de los cincuentas y sesentas, en los expedientes se observan ganchos.

Para los años de 1993 en adelante, se empezó a ver diligencias hechas en los expedientes en computadora. Esto para la época era toda una innovación, porque redujo el tiempo de respuesta de los funcionarios, que en ocasiones le tocaba hacer una resolución varias veces, porque no tenían una manera de corregirla efectivamente.

Esta tendencia se mantuvo por décadas, hasta entradas las discusiones de la Comisión Codificadora del Código Procesal Penal en el año 2007, cuando la investigación de los procesos penales, pasaría de ser predominantemente escrito a oral.

La etapa de investigación preliminar e investigación en el Ministerio Público, si bien mantenía características de escritura, toda esa documentación, dejaba de ser prueba y adquiría la condición de ‘elemento de convicción'. Las nuevas carpetas, pasaron a llamarse ‘carpetillas'. Para que alguno de esos elementos de convicción, que incluían documentos, entrevistas, peritajes; fueran consideradas como prueba, tenían que repetirse en presencia de los jueces del Tribunal de Juicio Oral, de manera presencial, siendo sometidos al contradictorio.

Le surgieron a la Comisión Codificadora de la época, varias preguntas: ¿Las carpetillas mantendrían las diligencias amarradas con un gancho? ¿Estarían los documentos foliados o enumerados?; las preocupaciones no tardaron en nacer, se había decidido no foliarlas y no utilizar ganchos.

Habían quedado atrás más de cien años de expedientes amarrados, primero con hilos y luego ganchos; además de documentación debidamente enumeradas. Después, de 5 años de implementación del Sistema Penal Acusatorio, en la provincia de Panamá, se han dado posiciones encontradas: los que indican que no tiene sentido amarrar las carpetillas ni foliarlas, si al fin y al cabo, toda la prueba tiene que repetirse ante el Tribunal de Juicio Oral y aquellos que señalan, que antes de llegar a las etapas de audiencia intermedia y juicio oral, se toman muchas decisiones en el proceso, como imputación y medidas cautelares, en las que esos elementos de convicción son usados como sustento y por ello tiene que haber una garantía de que se mantengan intactos.

En el campo forense, actualmente la discusión es intensa y hay mucho camino por recorrer.

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