Declaran inconstitucional artículo que penaliza protestas

Las autoridades podían detener a los manifestantes y sancionarlos con seis a dos años de presión
  • miércoles 09 de marzo de 2016 - 9:06 PM

El 30 de diciembre de 2015 el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el artículo 9 de la Ley 14 de 13 de abril de 2010 que penalizaba las protestas.

Artículo en mención indicaba: "Quien abusando de su derecho de reunión o manifestación mediante uso de la violencia, impida y obstaculice el libre tránsito de vehículos por las vías públicas del país y cause daños a la propiedad pública o privada será sancionado con prisión de seis meses a dos años".

El 28 de abril de 2010 el jurista Ernesto Cedeño interpuso una acción de inconstitucionalidad contra el texto arriba descrito.

La petición tuvo como magistrados sustanciador a Harley Mitchel, quien en su penúltimo día en la CSJ presentó su falló al Pleno.

Firmaron los magistrados Abel Zamorano, Mitchel, Oydén Ortega, Gisela Agurto, Nelly Cedeño, Hernán De León, Luis Fábrega y Jerónimo Mejía. Salvo su voto Harry Díaz.

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