Cannabis medicinal: ¿Cómo avanza su reglamentación en Panamá?

El Ministerio de Salud define los requisitos para autorizar productos con cannabis medicinal en el país
  • sábado 18 de octubre de 2025 - 2:30 PM

El Ministerio de Salud (Minsa), a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, emitió la Resolución No. 372 del 26 de septiembre de 2025, mediante la cual se establecen los requisitos para optar por la excepción al registro sanitario de productos que contengan cannabis medicinal y sus derivados.

Dicha resolución fue publicada en la Gaceta Oficial No. 30089-A del 17 de octubre de 2025 y entra en vigor a partir de su promulgación. En ella se establece que podrán acogerse a esta excepción los productos terminados que contengan tetrahidrocannabinol (THC), exclusivamente para uso medicinal. La autorización se otorgará bajo los lineamientos del Programa Nacional para el Uso del Cannabis Medicinal, administrado por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD).

En su artículo tercero, la resolución indica como requisitos la presentación de una solicitud formal ante la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, una copia autenticada de la licencia de uso de cannabis medicinal, certificados de análisis que demuestren la concentración de cannabinoides, así como una descripción del producto, del fabricante y del país de origen. Además, el etiquetado y el empaque deben cumplir con la normativa vigente.

Asimismo, se enfatiza que estos productos solo podrán ser dispensados si cuentan con receta médica expedida por un médico idóneo, y dicha receta deberá ser archivada en los establecimientos por un período de hasta dos años.