El Acta de Independencia de Portobelo y de Santiago de Veraguas. 1821 II Parte
- viernes 15 de noviembre de 2019 - 12:00 AM
La presencia del imperio español en Panamá estableció una serie de normas y legislaciones para ejercer el control administrativo y político. Para ello, el primer paso fue la dominación de las poblaciones indígenas y el establecimiento de la esclavitud, además de la importación de mano de esclavos negros para los trabajos de las minas, el trasiego de mercancías a través del río Chagres y la explotación de perlas. En esta realidad, con un desarrollo económico de la zona de tránsito, la cual al culminar las ferias de Portobelo fracturó la economía istmeña, sucedió que, para 1819, como lo afirma Castillero (p. 31) la crisis económica era imparable a pesar de la bonanza resultado de la puesta en vigencia del decreto de libre comercio, el cual, al ser derogado y cobrado el auge de las guerras de independencia, produce una contracción del comercio.
La principal causa fue la crisis económica, que coincide con la llegada del general Murgeon quien, en 1821, mandó una misiva a la Gobernación de Ultramar que las Cajas Reales se encontraban sin un peso (p. 31). Por ese motivo, aumentaba la crisis por la escasa producción del interior. Todo lo anterior, unido con la aplicación de medidas represivas del gobierno de Hore, generó un golpe de rebeldía que resultó con las acciones de los santeños el 10 de noviembre, seguido de las del 21 de noviembre en la ciudad de Panamá.
Ahora cabe adentrarnos a dos actas de independencia, las cuales están ausentes de comentarios o argumentos en las tertulias de historia patria. La de Portobelo y la Santiago de Veraguas, ambas fueron tardías y se gestaron la de Veraguas por la influencia de los santeños y la de Portobelo por los emisarios de la ciudad capital. El acta de independencia de Portobelo fue el resultado de la llegada de José Vallarino, quien llegó a informar mediante nota de los sucesos de la capital y con el interés de, según el acta de Portobelo, ‘que en esa plaza no se invierta el buen orden, que haya buena armonía entre todos sus vecinos y habitantes, tranquilidad y paz y que no se queden impune los delitos' (p. 27 ).
Firmada por el Coronel José de Fábrega, el 29 de noviembre de 1821, a partir de esta misiva, el ayuntamiento de Portobelo acordó ‘reconocer el Gobierno instalado en Panamá y, por consiguiente, juraron la independencia los componentes del ayuntamiento (p. 28). En la reunión se acordó, al igual también, que la publicación de la independencia sería el 8 del corriente en cuyo día la juraría el pueblo a quien convocara por medio de carteles. Es decir, el 8 de diciembre de 1821, se convocaría a la población a jurar toda la independencia.
Una lentitud para proclamar la secesión a diferencia de los santeños y de la ciudad de Panamá donde el pueblo y los poderes concurrieron al acto de poner fin al dominio español. 0tra tardía acta fue la de Santiago de Veraguas. Ante tal hecho, cabe primero hacer comentarios de esta para luego explicar los motivos del retraso.
El 1 de diciembre se reunieron en el ayuntamiento de Veraguas la Junta y la sorpresa con la ‘ausencia de la mayor parte del ayuntamiento'. La reunión fue dirigida por el alcalde Casimiro Ball y, por cierto, jefe político interino. El acta menciona que fue el Ayuntamiento de Natá que impulsó al mencionado Cabildo de Veraguas tomar la decisión de Independencia. Además, la actividad banderiza de Veraguas estaba empujada tal como lo agrega en el acta por las acciones de ‘La Villa de Los Santos y el pueblo de Pesé han procedido unánime acuerdo para lograr la tranquilidad que se anuncia y precaver los insultos de las tropas extranjeras que nos amenazan del norte y del sur, a presencia de un señor Crucificado, con dos luces encendidas y un libro de los Santos Evangelizo, hizo primero el Presidente' (p. 30).
El acta de Veraguas presenta un contenido clerical en su redacción y difiere de las otras actas en subrayar o criticar el dominio del gobierno español. A la vez establece lo siguiente: ‘pasar oficio a los pueblos de esta comprensión para que en orden y la mayor brevedad juren la indicada independencia. Y que el señor cura vicario de esta ciudad se lo pase oficio a fin de que el vecindario de los campos de esta ciudad se lo pase este día se citan, con solemne festividad en la iglesia hagan el día 8 de este presente mes juramento de independencia' (p. 31).
Nada de lo aludido, aunque muestre distancia y oposición y sentido de enmendar los males del imperio español en Portobelo y Veraguas, me refiero a los opositores de los realistas españoles a diferencia de los defensores del latifundio, tendrá para la historia un valor y un sentido digno de rememorar.