- lunes 31 de julio de 2023 - 12:00 AM
Las normas electorales inconstitucionales
Como ha sido denunciado públicamente, en la Corte Suprema están radicadas varias demandas para que se declaren inconstitucionales normas del Código Electoral que, de ser falladas de acuerdo a las pretensiones de los demandantes, afectarían, en algunos casos, alterándolo sensiblemente, el rumbo del proceso electoral. De ¿cuántas son y en qué etapa se encuentran?, tal vez pueden dar cuenta quienes las presentaron y le han dado seguimiento; pero esa posibilidad está vedada para el ciudadano común, cuyo voto, el 5 de mayo de 2024, bien podría estar condicionada a lo que sobre ellas se decida.
Pongo algunos ejemplos: 1) la norma que limita a tres las candidaturas de libre postulación, 2) la que autoriza a los miembros de los partidos a apoyar esas candidaturas sin renunciar a estos, 3) la que faculta a los partidos para vetar candidaturas, 4) la que autoriza las postulaciones múltiples, 5) las que patrocinan los residuos, 6) las que patrocinan las alianzas, 7) las que permiten reservar postulaciones para favorecer a candidatos pre-escogidos, y 8) la que tergiversa la norma constitucional que permitiría la doble vuelta. Pero aparte de esas hay otras que, aunque no tendrían incidencia directa en el proceso electoral en curso, patrocinan absurdidades como las que limitan y obstruyen las posibilidades de inscribir partidos políticos.
En cuanto a las que de ser declaradas inconstitucionales tendrán efectos positivos para asegurar la eficacia de sufragio popular, la Corte Suprema tiene dos obligaciones que debe cumplir, en términos perentorios: la primera, publicar para información general, un listado completo de todas las demandas actualmente presentadas y pendientes de decisión, sus fechas de presentación y de reparto y a cuáles magistrados o magistradas les fueron repartidas; la segunda, resolverlas durante el mes de agosto, o sea, antes de que comience a correr el mes de septiembre, durante el cual se podrían pactar, las eventuales alianzas y los otros no muy benditos pactos electorales que, en esencia, le escamotean al electorado el derecho a elegir informada y libremente.
ABOGADO