- sábado 08 de agosto de 2026 - 12:00 AM
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Agrega El Siglo en Google ↗️La mayoría de los magistrados y magistradas, por 8 votos a favor optaron por no darle curso a la demanda presentada por la Policía Nacional para tratar de invalidar el Acuerdo que creó la Policía Municipal, pero con esa decisión, correctamente entendida, ni remotamente han constitucionalizado el mamotreto legal que, concertadamente, se inventaron el alcalde con obsesiones represivas y los representantes concejales, que diligentemente lo secundaron.
Aunque las razones de la mayoría tuvieron suficiente fundamento para haber optado por no entrar al fondo de la controversia, por razones formales; fue oportuno que una de las magistradas, con su salvamento de voto, advirtiera que el camino emprendido por el Municipio de Panamá, de ser debidamente enfocada la demanda, “podría tener visos de inconstitucional”.
Esa apreciación, objetivamente analizada y confrontada con las normas constitucionales que servirían de fundamento a un nuevo recurso, cuando se entre al fondo al ser planteada correctamente la correspondiente demanda de inconstitucionalidad, por seguro, enviará directamente al vertedero de los exabruptos la aventura policíaca de un municipio desorbitado en su ignorancia de nuestra constitucionalidad.
El artículo 310 de la Constitución expresamente dispone que: “Para la conservación del orden público, la protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentren bajo jurisdicción del Estado y para la prevención de hechos delictivos, La ley (Las que solamente puede aprobar la Asamblea Nacional) organizará los servicios de policía necesarios, con mandos y escalafón separados.”
A los municipios, de acuerdo con el artículo 233, les corresponde “prestar los servicios públicos . . . que determine la Ley”. La ley, que desarrolla las normas constitucionales, es la que organiza y regula “el Régimen Municipal” es la 106 de 1973. En ninguna de las atribuciones asignadas a los Concejos Municipales, figura “organizar servicios de policía”. Por consiguiente, haberlo hecho es una clara extralimitación de sus competencias y, como corresponde y es consecuente, una nueva demanda, debidamente planteada así deberá declararlo, para desalentar ese tipo desafueros que, de no ser detenidos, podría llegar hasta la absurda creación de tantas policías como municipios existen que, por ahora, son 70.