- sábado 25 de marzo de 2023 - 12:00 AM
¿Es gratuita la educación oficial?
El artículo 95 de la Constitución dice así: Artículo 95.- ‘La educación oficial es gratuita en todos los niveles pre-universitarios. Es obligatorio el primer nivel de enseñanza o educación básica general. La gratuidad implica para el Estado proporcionar al educando todos los útiles necesarios para su aprendizaje mientras completa su educación básica general.
La gratuidad de la educación no impide el establecimiento de un derecho de matrícula pagada en los niveles no obligatorios.'
De acuerdo a esta norma constitucional carece totalmente de fundamento y es inconstitucional la práctica que viene imponiéndose en algunos centros de enseñanza oficial, donde se imparten los niveles básicos, primaria y primer ciclo, de exigir que los padres paguen porque sus hijos reciban cursos, por ejemplo, de bailes folklóricos o que se les imponga cubrir con cuotas reparaciones o la pintura de las aulas de clases.
Esas practicas vienen siendo denunciadas por algunos padres que, al hacerlo, han sido víctimas o corren el riesgo de que sus acudidos sufran represalias. A las autoridades rectoras de la educación oficial le corresponde verificar que tan extendidas se han vuelto estas prácticas inconstitucionales, eliminarlas y sancionar a los promotores.
Bien entendido, el precepto constitucional, en lugar de permitir prácticas como las descritas, impone al Estado la obligación de proporcionar al educando todos los útiles necesarios para su aprendizaje; pero este mandato no se cumple. Y cada día, antes los altos costos de los útiles y uniformes escolares a los hogares con menos recursos les cuesta más sostener a sus hijos en los colegios. Y si a eso se agregan abusos mediante la imposición de cargos, aún más ilegales, las consecuencias negativas sobre los resultados de la educación oficial o pública, son las que estamos viviendo a diario y que reflejan las pruebas de medición, que comprueban los bajos niveles de preparación de nuestros estudiantes.
ABOGADO