• martes 01 de marzo de 2016 - 12:00 AM

Rol de la cárcel en la justicia juvenil

Deslindar si el acto de juzgar es más importante que resocializar, es una tarea de harto inocua 

La discusión sobre el mejoramiento de la justicia de menores centra su interés en el rol de fiscales y jueces. Esa idea nos lleva a aceptar que los ajustes que necesita el sistema deben comprometer exclusivamente las funciones de investigar y juzgar, pues el cumplimiento de la detención preventiva o de la ejecución de la sentencia condenatoria es tratado como asunto de secundaria relevancia. Si bien es cierto los centros carcelarios están establecidos que para cumplir con estos cometidos, su verdadera finalidad es lograr la resocialización o rehabilitación del adolescente.

En definitiva, la imposición de la pena a través de la maquinaria jurisdiccional es tan importante como su cumplimiento.

Los centros de menores son estructuras institucionales y, desde el primer día que el menor ingresa, se enfrenta al problema social oculto tras el conflicto penal. El proceso podrá transitar normal, aunque el menor desconoce la trascendencia de lo que en su nombre se resuelve en sede judicial. Lo que no puede ocurrir es que durante su estadía en el centro carcelario, no se desarrolle un proceso de resocialización sin penetrar su mente, buscando que comprenda la gravedad del daño causado y la necesidad que se comprometa en su propia redención.

En la vida diaria, tras un complicado papeleo el menor obtiene una decisión judicial, que queda legítima la pena privativa de libertad que ha de ‘purgar', sin importar si a futuro se logra o no, su rehabilitación. Faltará mucho para que llegue el día en el que la pena de prisión que se imponga a los menores, sea el producto del cálculo del tiempo que durará el tratamiento resocializador al que se le someta.

Deslindar si el acto de juzgar es más importante que resocializar, es una tarea de harto inocua. Si el Estado en democracia debe limitar el ejercicio de las libertades ciudadanas, sería interesante saber si en la justicia de menores, la prisión es la regla general, o la excepción. El sistema debe definir si el menor es el principal de los componentes ligados al fenómeno del delito o es otra víctima más de esa compleja trama social.

*Abogado y docente

 

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