• martes 03 de septiembre de 2019 - 12:00 AM

Autonomía económica para las universidades

La Universidad de Panamá recibiría 14.1 millones menos

El presidente Cortizo en su campaña electoral señaló que la educación sería ‘la estrella que alumbraría su gobierno'. Muy a pesar de ello, se le recortaron 116 millones de balboas al sector educativo, como parte de las medidas de contención del gasto público, adoptadas por el Consejo de Gabinete.

En el caso de las 5 universidades públicas recibirían menos de 40 millones de balboas de lo presupuestado para el año fiscal 2019. La Universidad de Panamá recibiría 14.1 millones menos.

Afortunadamente, luego de protestas de los universitarios de esas instituciones y de petición realizada por los Rectores de esas Casas de Estudios, el presidente prometió reconsiderar la medida.

Sin embargo, la coyuntura deja lecciones, entre ellas, la necesidad de que se fortalezca la autonomía económica de las universidades oficiales, plasmada en el artículo 104 constitucional, que señala la obligación del Estado de dotarla ‘de lo indispensable para su instalación, funcionamiento y desarrollo futuro, del patrimonio propio y de los medios necesarios para acrecentarlo'.

En ese sentido creemos necesarios los siguientes cambios sustanciales a los artículos constitucionales relativos a las universidades:

1. Establecer como principio constitucional, la educación superior como derecho humano y bien público y social, toda vez que se trata de una visión consensuada en las Conferencias Regionales y Mundiales de Educación Superior realizadas a lo largo de dos décadas.

2. Consignar en el texto constitucional un porcentaje del 6% del PIB destinado a la educación, el cual ya consta en la Ley Orgánica de Educación, pero no se cumple. De ese porcentaje se le puede asignar un 2% mínimo a la educación superior.

3. Garantía de que las partidas del presupuesto universitario no podrán ser inferiores a las del año anterior. Este era el sentido que los Constituyentes de 1945-1946 le dieron al artículo 104 constitucional (redactado por ellos) cuando hablan de ‘los medios necesarios para acrecentarlo' y, sobre todo, tomando en cuenta que ellos mismos fueron los que aprobaron la Ley Orgánica de la Universidad de Panamá (Ley No 48 de 1946) y plasmaron esa frase de que las partidas ‘no podrán ser inferiores a las del año anterior'.

Curiosamente, el Proyecto de Reformas Constitucionales de la Concertación, adoptado por esta administración y que se discute en la Asamblea Nacional, no tiene un solo artículo sobre la educación, supuestamente tema prioritario para el actual gobierno.

ABOGADA Y DOCENTE UNIVERSITARIA

Últimos Videos
comments powered by Disqus