Mientras el pueblo panameño celebraba el Martes de Carnaval, el presidente norteamericano era ovacionado en el Congreso al anunciar el avance logrado en la dirección de recuperar el Canal, con la compra del 80% de las acciones de la hongkonesa CK Hutchinson por parte de la norteamericana Black Rock-TIL, por la cuantiosa suma de $22.8 mil millones, lo cual resolvería la supuesta presencia china en nuestros puertos.
Se trata de una operación bursátil gigantesca: traspasar la operación de 43 puertos en 23 países a Black Rock-TIL, incluyendo los puertos panameños de Balboa y Cristóbal, cuya operación está en manos de la filial local de la Hutchinson, Panama Ports Company, (PPC) desde 1997. Hutchinson es el tercer operador portuario más grande del mundo; Black Rock (BR), la mayor administradora de activos del planeta (y también accionista de First Quantum Minerals); y Terminal Investment Limited (TIL) es filial de Mediterranean Shiping Company (MSC) que es la naviera más grande del mundo.
Sin embargo, tal transacción no se hizo sin la bendición de Trump, lo cual develó su interés de utilizar el cargo y la política para favorecer los mega negocios del gran capital (con mentiras, no importa).
Y por el lado del presidente panameño, se habla de haber ejercido una presión política a PPC a través de áuditos de la Contraloría y revisión judicial del contrato de la Nación con PPC. A raíz de su reunión con Rubio se supo de su decisión de no renovar el convenio de la Ruta de la Seda y aceptó recibir migrantes de EU, sin embargo, ya salió a la luz su reunión con MSC el 23/1/25, en Davos. El gobierno nacional ha dicho, sobre el acuerdo entre BR y Hutchinson que “es una transacción global entre compañías privadas, motivada por intereses mutuos”, donde el gobierno sólo supervisa el cumplimiento de las leyes nacionales.
Sin embargo, el contrato-ley 5 de 1997 (vigente por 25 años y prorrogado por 25 más) entre Panamá y PPC obliga a que el acuerdo cuente con “autorización previa por escrito por parte del Consejo de Gabinete, la cual no podrá ser negada sin justificación”.
La justificación allí está: los exiguos beneficios recibidos en 28 años ($658 millones, a razón de 22.2 millones/año, más 10% de dividendos) y la opacidad en la información financiera, a pesar de que somos los titulares de los puertos y que las concesiones para la explotación de servicios públicos deben responder al interés social y al bienestar colectivo, según los artículos 258 y 259 constitucionales.
Si en efecto se declara inconstitucional el contrato, como recomienda el Procurador, debemos asumir directamente la administración de nuestros puertos, de forma que la riqueza que se genere no salga del país y sea invertida en el bienestar de nuestra población.