Nuevo código para pagar
- jueves 05 de enero de 2012 - 12:00 AM
Tras la eliminación de las estampillas o timbres en los documentos oficiales desde el mes de diciembre de 2011, la Dirección General de Ingresos (DGI) habilitó a partir del 1 de enero de 2012, la inclusión del Código 306 para el pago de impuesto de timbres en las boletas destinadas al pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS), según establece la Resolución N.° 201-12816.
La DGI indica que todas aquellas personas que estén obligadas a cubrir el Impuesto de Timbres podrán anotar en la boleta correspondiente su nombre, Registro Único de Contribuyente (número de cédula), así como el impuesto a pagar bajo el Código 306.
La constancia de pago de los timbres (copia de la boleta con sellos de la DGI) deberá adjuntarse al documento cuyo impuesto de timbre se requiera.
La DGI informó que próximamente se podrá pagar dicho impuesto en todos los bancos, lo cual se comunicará a los contribuyentes. Mientras esta herramienta se dé, los contribuyentes deberán acudir a las notarías que tienen máquinas franqueadoras a hacer declaraciones juradas y a las oficinas de la DGI a nivel nacional. La resolución lleva la firma del director general de Ingresos, Luis Cucalón, y fue publicada en la Gaceta Oficial Digital N.° 26942 del viernes 30 de diciembre de 2011.