A los repres de corregimiento también les puede caer la revocatoria de mandato

Vista de las reuniones del Concejo Municipal del distrito capital. Cedida
  • 17/07/2025 14:27

Para los electos por la libre postulación hay mecanismos para desvincularlos del cargo

Tribunal Electoral explica las causales de revocatoria de mandato según la Constitución y el Código Electoral.

El Tribunal Electoral expresó que el mandato de un representante de corregimiento puede ser revocado bajo ciertas condiciones establecidas en el artículo 227, numeral 3, de la Constitución Política y el Código Electoral.

De acuerdo con la normativa, las causales varían dependiendo de si el representante fue electo por un partido político o por libre postulación.

En estos casos, la revocatoria de mandato puede proceder por las siguientes razones:

Violación grave a los estatutos del partido.

Renuncia voluntaria al colectivo político.

Decisión de los electores de la circunscripción respectiva.

tanto faltas internas al partido como la voluntad ciudadana pueden motivar su destitución anticipada.

¿Y si fue electo por libre postulación?

Si el representante llegó al cargo como candidato independiente, la única vía para una posible revocatoria es a través de un referendo revocatorio, solicitado y aprobado por los electores del corregimiento que representa. Este proceso debe regirse por los parámetros detallados en el Código Electoral.

Esta figura legal, poco utilizada en la práctica, busca garantizar que los funcionarios electos respondan a los intereses y expectativas de la comunidad que los eligió, reforzando así los principios de transparencia y rendición de cuentas.

El Tribunal Electoral promueve la docencia ciudadana sobre estos mecanismos como parte de su compromiso con la democracia participativa.