Los juegos de suerte y azar y el surgimiento de la Lotería (Parte VIII)

La introducción de la lotería extranjera afectó la venta de la Lotería de Panamá.
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  • 10/05/2026 00:00

El auge económico generado por la construcción del Canal impulsó la expansión de estas actividades

El único aspirante que obtuvo el privilegio, mediante concesión, para establecer la Lotería fue José Gabriel Duque en 1882. En ese contexto, la Lotería de Panamá se mantenía diferenciada de otros juegos de azar, tales como la quina, la ruleta, los naipes, los dados, el corotó, la cachimona, las rifas, los bolos y las peleas de gallos. Paralelamente, existían modalidades como la charada china, la rifa china y la lotería china. Estos juegos, conocidos como “chinos”, se desarrollaron en Panamá durante el siglo XIX y su explotación fue concedida a la Lotería de Panamá, con la excepción de que podían ser arrendados a particulares.

Las concesiones relacionadas con los llamados juegos chinos generaron constantes reclamaciones entre los concesionarios y el Gobernador de Panamá. Estas disputas, de carácter reiterado, dieron lugar a investigaciones minuciosas por parte de las autoridades. El incremento de dichos juegos se explica, en parte, por el contexto económico de la década de 1880, marcado por el inicio de la construcción del Canal de Panamá por los franceses, lo que produjo un notable auge comercial en el istmo.

En cuanto a José Gabriel Duque, los recursos necesarios para cumplir con las exigencias contractuales los obtuvo mediante la venta de cafetales en Cuba. Antes de establecerse en Panamá, residió en Centroamérica, hasta fijar su residencia en la ciudad en 1879. Una vez culminados los trámites administrativos, se aprobó el Reglamento de la Lotería de Panamá bajo el sistema decimal. En este contexto, se llevó a cabo el primer sorteo el 25 de febrero, resultando ganador el número mayor 053.

El auge de los juegos de azar propició reiteradas violaciones a la normativa vigente, lo que hizo necesaria la expedición del Decreto N.º 14 de 10 de mayo de 1883. Dicho instrumento establecía lo siguiente:“Artículo 1. Prohíbanse los juegos de suerte y azar en las calles, plazas y demás lugares públicos.Artículo 2. El que infringiere el presente decreto incurrirá en una pena de cinco a diez días de arresto o en una multa de dos a cinco pesos, en beneficio de la instrucción pública” (Gaceta Oficial, 1883).

Este mismo fenómeno se repitió posteriormente en la ciudad de Panamá, motivo por el cual se dictó el Decreto N.º 12 de 12 de marzo de 1887, mediante el cual se prohibió nuevamente el establecimiento de juegos de azar en espacios públicos. En dicho decreto se establecía que el contrato celebrado con el señor Lorenzo Mercado no otorgaba al contratista facultad para permitir juegos de azar en plazas, calles ni demás lugares de tránsito de la ciudad; por el contrario, conforme al espíritu evidente de las cláusulas contractuales, tales actividades solo podían autorizarse en establecimientos específicos (Gaceta Oficial de Panamá, 1887).

El decreto culmina prohibiendo expresamente los juegos de suerte y azar en las vías públicas y dispone encargar al Comandante de Policía la vigilancia y el cumplimiento estricto de sus disposiciones.

Lotería extranjera

La introducción de la lotería extranjera afectó la venta de la Lotería de Panamá, al constituir un acto violatorio del Decreto N.º 224 de 23 de diciembre de 1886, mediante el cual se prohibía expresamente su comercialización. Esta situación generó una contradicción en relación con la denominada Lotería de Bolívar, dado que sus billetes procedían de una región perteneciente a la nación colombiana. La sociedad Duque Hermanos se opuso a la aplicación del Decreto N.º 224 y reiteró su postura en comunicaciones posteriores. No obstante, la Administración de Hacienda se negó a efectuar la rectificación solicitada. En respuesta, el Gobernador, mediante la Resolución N.º 165, reafirmó su posición inicial y desestimó las objeciones presentadas por la sociedad Duque Hermanos, autorizando la continuidad de la venta de la Lotería de Bolívar. De ello se colige que las objeciones de los concesionarios de la Lotería de Panamá fueron rechazadas.

El peligro inminente de la decisión del Gobernador radicaba en que dejaba abierta la puerta a la introducción de otros juegos de lotería extranjera que, en definitiva, podían mermar la producción y venta de la Lotería de Panamá. Esto implicaba, además, una posible disminución de los recursos destinados a los pagos y al apoyo de la instrucción pública.

Con el tiempo, dichas preocupaciones se confirmaron, ya que se permitió la entrada de otros juegos afines a la actividad lotérica. En consecuencia, esta situación fue revertida mediante el Decreto N.º 33 de 30 de abril de 1889, el cual reafirmó su carácter protector hacia la Lotería de Panamá. Posteriormente, esta medida se consolidó a través del Decreto N.º 52 de agosto de 1890, que prohibió de manera taxativa la venta de la Lotería de Bolívar y de cualquier otra lotería extranjera.