Ley de fraude de paternidad pasa a manos de Mulino: ¿la sanciona o la frena?

La iniciativa, presentada por el diputado Jairo “Bolota” Salazar. Archivo/El Siglo
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  • 30/04/2026 13:30

Asamblea apruebó hoy la ley que castiga el fraude de paternidad

El Proyecto de Ley No. 510, que incorpora al Código Penal el delito de fraude de paternidad, está ahora en manos del presidente José Raúl Mulino, tras su aprobación en tercer debate en el pleno de la Asamblea Nacional.

La iniciativa, presentada por el diputado Jairo “Bolota” Salazar, busca tipificar como delito los casos en los que se atribuye falsamente la paternidad de un hijo a un hombre que no es su padre biológico.

De ser sancionada por el Ejecutivo, la norma establece que la madre que incurra en esta práctica podría enfrentar penas de entre 2 y 5 años de prisión, o multas de 100 a 500 días.

Según el proyecto, el fraude de paternidad se define como la conducta mediante la cual un hombre es inducido, a través de engaño u ocultamiento deliberado, a reconocer como hijo a un menor que no es biológicamente suyo, asumiendo consecuencias jurídicas, económicas, patrimoniales y morales derivadas de dicha relación.