Jubilados pueden pedir dinero para lentes y prótesis: así se solicita
- 08/03/2026 10:33
Los jubilados y pensionados pueden solicitar un reembolso para comprar lentes o prótesis dental. Se tramita con receta médica y cotizaciones.
Los jubilados y pensionados en Panamá pueden recibir un apoyo económico para la compra de lentes y prótesis dentales a través de un beneficio que mantiene la Caja de Seguro Social (CSS).
El programa permite a los beneficiarios recuperar hasta el 50 % del costo de estos servicios, dentro de montos máximos establecidos por la institución.
Para el caso de lentes, la CSS reconoce un valor máximo de B/.125.00, por lo que el reembolso que puede recibir el jubilado o pensionado es de B/.62.50. Si el precio de los lentes supera ese monto, la diferencia deberá ser cubierta por el propio beneficiario.
Este trámite puede realizarse cada dos años, contados desde la fecha en que se pagó la última solicitud aprobada por la entidad.
En cuanto a las prótesis dentales, la institución fija un monto máximo de B/.200.00, lo que significa que el reembolso que puede recibir el solicitante es de hasta B/.100.00.
A diferencia de los lentes, este beneficio se puede solicitar cada cinco años.
Este programa los pensionados por vejez, invalidez o incapacidad permanente absoluta por riesgos profesionales, así como los pensionados por incapacidad permanente parcial de riesgos profesionales que no estén trabajando y los jubilados a cargo del Estado.
Requisitos
Para gestionar el reembolso, los jubilados o pensionados deben presentar varios documentos ante la CSS:
Receta médica original emitida por odontólogo, oftalmólogo u optómetra.
Factura fiscal o electrónica a nombre del jubilado o pensionado.
Documento de identidad personal y copia.
Carné de Seguro Social, en caso de extranjeros.
Comprobante de pago o certificación, cuando se trate de jubilados del Estado.
Formulario de solicitud del beneficio.
Si la compra de los lentes o la prótesis dental se realizó fuera de Panamá, los documentos deben estar apostillados o firmados por el cónsul de Panamá en el país donde se hizo la adquisición.
Además, si los documentos están en otro idioma, deberán ser traducidos al español por un traductor público autorizado.