Ganarle al cáncer tendrá recompensa. Mulino sanciona Ley

José Raúl Mulino, presidente de la República. Archivo
  • 08/09/2026 19:20

La disposición forma parte de la Ley 547 del 8 de septiembre de 2026

Superar el cáncer durante cinco años sin presentar una recaída permitirá a los sobrevivientes acceder a servicios bancarios, crediticios y de seguros sin tener que informar que padecieron la enfermedad.

La disposición forma parte de la Ley 547 del 8 de septiembre de 2026, sancionada por el presidente de la República, José Raúl Mulino, y denominada “que establece el derecho al olvido oncológico y dicta otras disposiciones”.

Con esta normativa, el antecedente de cáncer dejará de ser motivo para establecer condiciones particulares en los contratos cuando la persona haya concluido su tratamiento y hayan pasado cinco años sin recurrencia o reincidencia.

El nuevo marco legal establece protección frente a cláusulas, estipulaciones, aumentos de primas, exclusiones, restricciones o cualquier forma de discriminación que las empresas financieras pretendan aplicar por haber padecido cáncer antes de la fecha de suscripción del contrato.

El denominado derecho al olvido oncológico parte del principio de que una persona que ha superado una patología oncológica no debe enfrentar discriminación o exclusión por ese antecedente médico después de transcurrido el periodo determinado sin recaída.

La legislación también contempla que los sobrevivientes que cumplan el periodo de cinco años no estén obligados a declarar haber padecido cáncer al momento de contratar servicios bancarios, crediticios y de seguros.

El ministro de Comercio e Industrias, Julio Moltó, también suscribió la nueva ley y destacó que Panamá se incorpora a esta causa en defensa de las personas sobrevivientes de cáncer.

Con esta decisión, el país pasa a formar parte del grupo de otros 30 países que han aprobado leyes de olvido oncológico.