CEPANIM: Gobierno fija fechas de pago hasta 2032
- 11/05/2026 09:55
Esto significa que una persona podrá recibir hasta cuatro certificados distintos, dependiendo de los años en que mantuvo cuotas reportadas ante la CSS.
El Gobierno Nacional reglamentó la entrega de los Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora (CEPANIM), mediante el Decreto Ejecutivo No. 19 publicado en la Gaceta Oficial, que desarrolla la Ley 506 del 15 de enero de 2026.
La normativa establece el procedimiento para la emisión, validación, entrega y redención de estos certificados, creados para reconocer el pago de intereses por mora derivados de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes a trabajadores del sector público y privado entre 1972 y 1983.
Según el decreto, el monto que recibirá cada beneficiario dependerá de las cuotas reportadas a la Caja de Seguro Social (CSS) durante los años laborados. Para calcularlo, se toma como base el monto retenido correspondiente a la segunda partida del décimo tercer mes, utilizando las cuotas registradas entre abril y agosto de cada año.
Posteriormente, a esa suma se le aplicará un interés simple anual del 3 % durante 34 años, comprendidos entre 1983 y la entrada en vigencia de la Ley 15 de 2017.
La reglamentación divide la emisión de los CEPANIM en cuatro períodos históricos:
1972 – 1974
1975 – 1977
1978 – 1980
1981 – 1983
Esto significa que una persona podrá recibir hasta cuatro certificados distintos, dependiendo de los años en que mantuvo cuotas reportadas ante la CSS.
El Banco Nacional de Panamá será el agente pagador de los certificados y las fechas establecidas para la redención total son las siguientes:
Período 1972 – 1974: 15 de octubre de 2029
Período 1975 – 1977: 15 de octubre de 2030
Período 1978 – 1980: 15 de octubre de 2031
Período 1981 – 1983: 15 de octubre de 2032
El decreto también señala que los CEPANIM podrán negociarse antes de su vencimiento y que las ganancias generadas por su venta estarán exentas de impuestos nacionales.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será la entidad encargada de coordinar todo el proceso, desde la identificación y validación de beneficiarios hasta la impresión y entrega de los certificados.
La ejecución operativa recaerá en la Oficina de Atención y Entrega de CEPADEM (OFACEP), que además atenderá reclamos, consultas y solicitudes relacionadas con el programa.