No al retorno de la Doctrina Monroe
- 13/01/2026 00:00
Conforme a su Estrategia de Seguridad Nacional, Estados Unidos intervino militarmente en Venezuela, el 3 de enero, a través de la operación “Resolución Absoluta”, capturando al presidente venezolano, Nicolás Maduro, y a su esposa, Cilia Flores, para llevarlos a comparecer ante la justicia norteamericana, bajo los supuestos cargos de narcoterrorismo y posesión de armamento.
Dicha Estrategia es la reedición de la vieja Doctrina Monroe de 1823, que proclamaba a América Latina como “su patio trasero”; y en ella se indica que EU no escatimará esfuerzos ni atenderá impedimentos normativos internacionales para su dominación regional.
Acorde con ella, Pete Hegseth, secretario de Defensa norteamericano, declaró -a raíz de la agresión hacia Venezuela- que “nuestros adversarios están advertidos, podemos proyectar nuestra voluntad donde sea y cuando sea”. Mientras que Trump explícitamente señaló que se haría cargo del gobierno venezolano, tomaría el control de las reservas de petróleo venezolano e invertiría en el mejoramiento de su infraestructura petrolera (La Estrella de Panamá, 5/1/26). Ya la imputación a Maduro de pertenecer al Cartel de los Soles desaparece y toma cuerpo la razón real detrás de esta acción armada y del despliegue militar estadounidense en aguas del Mar Caribe próximas a Venezuela, desde agosto pasado: hacerse del control del petróleo venezolano.
Indiscutiblemente que esta intervención militar contra Venezuela viola los principios de soberanía, integridad territorial, autodeterminación y prohibición del uso o la amenaza de la fuerza, consagrados en la Carta de la ONU, y sienta un peligroso precedente de escalada militar en la región, tal como lo han expresado los gobiernos de España, México, Chile, Brasil, Nicaragua, Rusia y China, organismos como Amnistía Internacional y el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel.
También se transgrede el régimen de inmunidades de que gozan los mandatarios de los países, frente a la jurisdicción penal extranjera. Nos dice José Manuel Jerez: “No existe en el Derecho Internacional vigente un fundamento jurídico sólido que legitime la captura extraterritorial de un jefe de Estado en ejercicio por parte de otro Estado, al margen de los mecanismos de la justicia penal internacional. Normalizar este tipo de acciones supone abrir una peligrosa excepción que amenaza la estabilidad del orden jurídico internacional y debilita los principios que históricamente han contenido el uso arbitrario del poder entre Estados.” (El Nuevo Diario, 5/1/25).