¡Los decretos-leyes son temporales!
- 24/10/2026 00:00
Porque así lo ordena la Constitución. La norma que expresamente lo dice es el último párrafo del numeral 16 del artículo 159, del siguiente texto:
“Todo decreto Ley que el Ejecutivo expida en el ejercicio de las facultades que se le confieran deberá ser sometido al Órgano Legislativo para que legisle sobre la materia en la legislatura ordinaria inmediatamente siguiente a la promulgación del Decreto Ley de que se trate”.
Ese mandato constitucional tiene capital relevancia ahora que en la Asamblea Nacional se discute la pretensión de la Fundación “Ciudad del Saber”, para que, mediante una adenda, se le renueve, por otros 25 años, hasta el 2048, la concesión que le fue aprobada por el Decreto Ley Número 6 del 10 de febrero de 1998, que venció el pasado año de 2023. En otras palabras, se pretende que se prorrogue un Decreto Ley que, constitucionalmente solo debió regir hasta la legislatura ordinaria siguiente a su promulgación. La promulgación se hizo el 12 de febrero de 2008, cuando ya transcurría la legislatura ordinaria del cuatrimestre, enero a abril, de ese mismo año. Por tanto, pudo y debió ser sometido a la Asamblea Nacional para que legislara sobre la materia, desde el 13 de febrero y hasta el 30 de abril de ese mismo año 2008; pero eso nunca ocurrió.
Como cuando se le quiere buscar la quinta pata al gato, siempre debe esperarse algún alarde de ingenio, no sería de extrañar que se alegara que, por haberse promulgado el Decreto Ley, de marras, en febrero, cuando ya transcurría la legislatura de enero-abril, esa no era la siguiente, sino la de julio-octubre; pero ni en esta ni en ninguna de todas las que se celebraron durante los siguientes 25 años, a la Asamblea le fue sometido para “que legislara sobre la materia” y, el Decreto Ley, que debió tener una existencia temporal, siguió vigente, nominalmente hasta el 2023 y desde ese año y hasta el presente, sin el más remoto sustento constitucional.
Si, como se pretender ahora, en lugar de tratar de corregir ese exabrupto constitucional, todavía se lo agravara hasta la aberración, con una adenda que lo prorrogue hasta el 2048, la actual Asamblea, aparte de ser copatrocinadora, estaría renunciando a su obligación de ejercer la función legislativa, en los términos, claros y precisos, que le impone la Constitución.
Jurista