¿Hasta cuándo el circo presupuestario?
- 20/09/2025 00:00
Reiteradamente los medios de comunicación dan cuenta del desfile ante la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional de todos los ministros y los jefes de todas las entidades públicas, autónomas o semiautónomas, que invariablemente se quejan de que sus aspiraciones presupuestarias fueron recortadas, en algunos casos, según manifiestan, a cifras comparativamente tan inferiores que no les permitirán operar y solo cumplir con sus compromisos, en el mejor de los casos, hasta poco más allá de la mitad del año. Y todos, también invariablemente, culpan al ministerio de Economía y Finanzas de ser el autor de “los tijeretazos” a sus presupuestos.
¿Pero cómo se puede entender que esa plañidera se repita todos los años cuando el proyecto de la Ley del Presupuesto General del Estado fue aprobado mediante una Resolución de Gabinete por la que, expresamente, votaron afirmativamente todos esos mismos ministros que después reniegan la paternidad de su engendro? Definitivamente, en el tema presupuestario seguimos transitando, sin que existan por parte del Ejecutivo y, tampoco, de parte de la Asamblea, el propósito o la más mínima intención de cambiar el escenario del circo de que somos testigos todos los años.
Aparte de la contradicción absurda de que sus autores, casi a renglón seguido, después renieguen de su paternidad, el proyecto del Presupuesto sigue violando flagrantemente precisas y claras normas constitucionales. La Constitución ordena, en el artículo 270, que en este los gastos no excedan a los ingresos estimados; pero con base en una ley inconstitucional, denominada eufemísticamente “de responsabilidad fiscal”, como mínimo, la diferencia refleja un déficit del 4%.
Tampoco puede entenderse: ¿En base a qué lógica de elemental planificación financiera, todos los años la ejecución presupuestaria sea, en varias instituciones, y particularmente, en la de educación, muy inferior a la cifra que le fue asignada en el Presupuesto y que ahora hasta se esté considerado la medida absurda de rebajar el 7% que le corresponde por ley?
Por último y sin perjuicio de seguir comentando las incongruencias de bulto de nuestros procesos presupuestarios, otra pregunta: ¿Qué propósito cumplen las quejas sobre los recortes, si la Asamblea, porque se lo prohíbe la Constitución en el artículo 271, “no podrá (no puede) aumentar ninguna de las erogaciones previstas en el proyecto del Presupuesto o incluir una nueva erogación, sin la aprobación del Consejo de Gabinete”?