El caso de la muñeca en el ataud: Se mantiene en firme la no culpabilidad

  • 11/03/2026 09:38

La joven Tahira Montero fue declarada no culpable de los delitos que se le imputaban, esto pone fin al proceso penal

¿Recuerdan este caso? La mayoría se dejó llevar por las publicaciones mediáticas. Pocos se detuvieron al análisis sereno y a la investigación profunda sobre un suceso que conmovió a la sociedad. Detrás de estos hechos hubo drama, dolor, impotencia, viveza. Se aprovecharon de la acusada cuando en realidad ella era la víctima. En el caso de la muñeca, el tribunal mantuvo la decisión de la primera instancia... ¡la no culpabilidad!

En seguimiento al tema de Tahira Montero tuve una conversación con el equipo legal que lleva su caso. Según los abogados, Ajoortt Lezcano; José Betancourth y Kemberly Pérez, el recurso de anulación que presentó la fiscalía fue negado, por lo que se mantiene en firme.

La joven Tahira Montero fue declarada no culpable de los delitos que se le imputaban, esto pone fin al proceso penal. Según la defensa, es importante aclarar algo que muchas personas desconocen: en el sistema penal no se declara “inocente” a nadie, los tribunales solo pueden declarar culpable o no culpable, porque lo que se analiza es si el delito y la responsabilidad fueron probados más allá de toda duda razonable.

Pregunté a los abogados ¿por qué la joven dijo que estaba embarazada? Expresaron que durante el juicio oral se expuso que la joven, al principio, creyó que podía estar embarazada. Después, ante una situación de miedo por su seguridad personal, optó por no contradecir esa idea como una forma de proteger su vida, luego de que el señor que la acusó la amenazara de muerte.

Indicaron que también es importante entender algo muy humano: ¡las personas no siempre reaccionan de manera racional cuando sienten miedo de morir!

Los abogados pusieron como ejemplo claro, lo que ocurrió durante la pandemia. Señalan que “muchas personas manejaban solas en sus autos con mascarillas, pantallas y guantes; otras lavaban todo con jabón antes de entrar a sus casas, comportamientos que hoy pueden parecer exagerados. En ese momento eran reacciones al miedo. Hoy, algunas personas pretenden exigir que alguien reaccione de forma distinta ante un temor similar, pero en otro escenario.”

Hablemos ahora del supuesto perjuicio económico del acusador. La defensa afirma que durante el proceso judicial no se acreditó un perjuicio económico por parte del denunciante. Sostienen que, al contrario, dentro del expediente constan transferencias bancarias realizadas por la joven hacia el señor que superaban los 1,800 dólares, las cuales fueron obtenidas mediante solicitud oficial de la propia Fiscalía.

Expresan que en redes sociales se discutieron mucho las transferencias bancarias y el video de la revelación de sexo. ¿Qué ocurrió con esos elementos?, pregunté. Indican que durante el proceso se generó una fuerte discusión en redes sociales sobre estos temas. Por un lado, cuando se mencionó que existían transferencias bancarias por más de 1,800 dólares realizadas por la joven, hacia el señor que la acusó, la abogada querellante afirmó en redes que eso era falso. Muchas personas le creyeron, aun cuando en ese momento ninguna de las partes había presentado esos documentos.

De forma tajante la defensa indica que dentro del proceso judicial esas transferencias sí fueron solicitadas de oficio por parte de la Fiscalía y constan en el expediente. Según los abogados esto demuestra algo importante: lo que se debate en redes sociales muchas veces no pasa por los filtros técnicos ni procesales que exige la justicia y en muchas ocasione deforman la realidad debido a la forma mal intencionada y tergiversada de cómo se manipulan. Para la defensa los tribunales deben basar sus decisiones en pruebas verificadas e incorporadas al proceso, no en percepciones generadas en internet.

¿La condición mental de la joven fue la causa de la absolución?

Los tres abogados respondieron con un no tajante agregando que tal como quedó consignado en la decisión del tribunal, los hechos imputados por la Fiscalía no configuraban los delitos que se le atribuían. Es decir, no existían los elementos legales para condenarla, razón por la cual el fallo fue de no culpabilidad.

El caso de la muñeca tuvo mucha resonancia en los medios de comunicación. ¿Cómo valoran el papel de la prensa en general? Mire periodista, hubo una enorme exposición mediática, y muchas personas se formaron una opinión basándose en información parcial. Hay que aclarar, manifiestan los abogados, que los tribunales no deciden en base a lo que dicen las redes o los titulares, sino a las pruebas que se presentan en juicio... ¡ese es el fundamento del debido proceso!

¿Se puede confiar en la justicia en Panamá?

La defensa piensa que el sistema judicial tiene mecanismos de control, recursos y tribunales que revisan decisiones, pero este caso también deja una reflexión importante: cualquier persona puede ser investigada, imputada o incluso detenida sin ser culpable. Estos abogados son defensores del debido proceso para evitar las injusticias. Esperan que el Ministerio Público continúe evolucionando y fortaleciendo sus criterios, para que cada caso sea investigado con la mayor objetividad posible. Agregan que la justicia siempre debe buscar la verdad, no una condena.

¿Qué opinan de las declaraciones de la abogada querellante que dijo en medios que la defensa inventó el diagnóstico mental de la joven?

Los expertos en derecho recalcan que los diagnósticos médicos no son invenciones ni opiniones. Son evaluaciones clínicas sustentadas en criterios científicos y profesionales, y dentro de un proceso judicial pueden ser analizados, debatidos y valorados por el tribunal, al final, es aquí donde se determina qué valor probatorio tienen dentro del caso.

Y sobre los delitos que imputó la fiscalía, ¿existieron o no? Los abogados contestaron de forma categórica... “El tribunal fue claro: los hechos presentados no configuraban los delitos que se imputaron. En el sistema penal la fiscalía puede formular imputaciones cuando considera que existen indicios, pero corresponde al tribunal determinar si esos hechos constituyen delito. En este caso, tras valorar todas las pruebas, el tribunal concluyó que no existían los delitos imputados, por lo que la decisión fue declarar no culpable a la joven.

¿Qué les dirían a las personas que ya habían condenado a Tahira Montero en el tribunal de las redes sociales? Los abogados respiraron profundo para luego enfatizar que “las redes sociales tienen un poder enorme, pero no son un tribunal de justicia. Cuando una persona es expuesta, muchas veces se generan juicios inmediatos sin conocer el expediente, las pruebas ni lo que ocurre dentro de una audiencia.” Al final de la entrevista el equipo defensor declara que hoy fue Tahira Montero, pero mañana podría ser cualquier otra persona. Este caso deja una enseñanza importante para todos: la presunción de inocencia existe para protegernos a todos.

Así como estos abogados, sugieren a los medios tradicionales y a los manejadores de redes sociales, ser más responsables y honestos con el trabajo, también esperan las reflexiones correctas de quienes representaron al ministerio Público en este caso. Ya es conocido el grito desesperado de los abogados debido a la mala práctica de quienes son llamados operadores de la justicia. El tema de la muñeca también tuvo falencias por parte de la fiscalía y por esa razón la defensa le hace un llamado al Procurador general de la nación. Y lo hizo con estas palabras... “Me permito solicitar una revisión administrativa y disciplinaria respecto a diversas actuaciones de funcionarios del Ministerio Público en el proceso seguido contra la ciudadana Tahira Montero Méndez, en virtud de que existen hechos verificables en expediente, en audios y en videos de audiencias que ameritan ser evaluados por su Despacho para garantizar la correcta aplicación de la ley, conforme a los principios establecidos en la Constitución, el Código Procesal Penal y los reglamentos internos que rigen la función fiscal.”

En todo proceso judicial hay pérdidas, desde las económicas como físicas y psicológicas. Como periodista, con varios años dándole seguimiento a casos como este, es natural que la defensa vaya a los tribunales civiles con el fin de exigir, a la parte acusadora, resarza los daños materiales que sufrió la acusada. Es posible que este paso se dé, solo habrá que esperar la decisión de los abogados defensores. Desde el día uno le presté la mayor atención y siempre sostuve que al final la justicia iba a fallar en defensa de la verdad, tal como ocurrió. Abrazos y que Dios nos bendiga.

Catedrático en UP