Ante la necesidad de un abordaje especializado

  • 29/04/2026 00:00

El mes del autismo está por concluir, lo que nos lleva a reflexionar acerca de la necesidad de un ordenamiento jurídico que proteja los derechos de la población autista en nuestro país.

Todos los viernes de abril nos vestimos de azul eléctrico con un distintivo de rompecabezas colorido que nos recuerda que existe una población con necesidades especiales que requiere protección y que, cuando estas personas lleguen a su etapa adulta, habrá que realizar adecuaciones laborales que les permitan ser funcionales y productivas.

Los argumentos que se plantean para que no se haya hecho realidad una iniciativa en esta dirección es que existe un marco legal general, que son la Ley 42 de 1999 sobre la igualdad de oportunidades, reformada por la Ley 15 de 2016, y la Ley 59 de 2005 enfocada en la protección laboral.

Otro de los argumentos detractores de la ley especializada es que esta podría crear una duplicidad de estructuras, quitándole funciones a la Secretaría de Discapacidad (SENADIS), y la fragmentación presupuestaria dispersaría los fondos, no llegando a verse los resultados económicos.

Este argumento puede ser refutado con el hecho de que una ley de protección especializada podría funcionar como norma de desarrollo. En este sentido, SENADIS actuaría como garante y fiscalizador del cumplimiento de los fines, sin crear nuevas instituciones y dándoles herramientas a las que ya existen.

La especialización ampliaría la cobertura de la protección de derechos universales y partidas etiquetadas para centros de neurodesarrollo dentro de un presupuesto general, la inclusión general y la inclusión de la técnica autista para los maestros convergerían como una parte del todo y la medicina general se combinaría con las terapias de comportamiento.