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Panamá

El Teletrabajo debe ser de manera voluntaria

El Teletrabajo debe ser de manera voluntaria
Archivo /El Siglo

jueves 17 de septiembre de 2020 - 12:40 p.m.

Cortizo Cohen firmó el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 126 del 28 de febrero de 2020

El presidente de la República Laurentino Cortizo Cohen firmó ayer el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 126 del 28 de febrero de 2020, que crea el Teletrabajo.

"Había que regularse el teletrabajo, contempla que debe ser voluntario, puede haber reversibilidad como lo señala ahora la modalidad del teletrabajo en su reglamentación. Es importante mencionar que no se puede dar de manera obligada o arbitraria", dijo esta mañana en Telemetro Reporta, Roger Tejada, viceministro de Trabajo y Desarrollo Laboral. 

"Esto también se establece y se desprende de la reglamentación , es verificable ahora por el Mitradel, debe haber un registro, un contrato y una adenda", explicó.

Agregó que el equipo de inspección de la entidad está realizando las verificaciones a fin de que no se den abusos. 
 

Los elementos reglamentados en la Ley son:

  1. Modalidad de teletrabajo
  2. Lugar de Trabajo
  3. Jornadas Extraordinarias
  4. Registro Laboral
  5. Instrucciones del Empleador
  6. Accidentes de Trabajo y Riesgos Profesionales
  7. Reversibilidad
  8. Controversias
  9. Equipo o herramientas de trabajo/ adecuaciones

Sobre el tema de los costos y gastos de servicios, no establecidos en la Ley, se determinó que debe ser parte de la negociación entre el trabajador y el empleador y debe establecerse en el contrato o adenda de contrato.

Cortizo Cohen, también sancionó la Ley que modificó la Ley 59 del 7 de agosto de 2003, que crea el Programa de Alimentación para los Trabajadores.

La Mesa Tripartita de Diálogo por la Economía y el Desarrollo Laboral acordó algunas modificaciones al programa de alimentos de los trabajadores, que es un plan de incentivo de productividad, que no pueden ser parte del salario, y que las empresas entregan a los trabajadores. Las modificaciones consisten en:

  • Aumentar el monto máximo del vale por trabajador, de $350.00 a $500.00,

  • Beneficiar a cualquier trabajador, indistintamente de las condiciones de su contratación,

  • Ampliar el alcance de su uso en: supermercados, farmacias, compra de útiles escolares, servicios de salud, laboratorios y pago de servicios educativos en todos los niveles, desde Centros Integrales de Atención de la Primera Infancia (CAIPI), hasta universidades.

El documento además destaca que los trabajadores con salarios mensuales de hasta $916.00, serán los beneficiados con los vales de alimentación que cada empleador entregará de manera voluntaria a sus colaboradores, sin que estos representen el pago de sus salarios, sino incentivo laboral.

 



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