N°337
de 22 de diciembre del 2017, establece las normas.
Panamá
En cuanto al himno nacional, el reglamento subraya que solo hay una versión de este, razón por la cual, no podrá cambiarse el ritmo
Modificación. El manual sobre el procedimiento diseño y uso de los símbolos de la nación, que fue originalmente elaborado por la Comisión Nacional de los Símbolos de la Nación (Conasina), fue aprobado por el Decreto Ejecutivo N° 337 del 22 de diciembre del 2017.
Con respecto al uso del escudo las entidades públicas y notarías lo beben utilizar en sus documentos en color gris, dejar el escudo dorado para uso exclusivo del presidente de la República, presidente de la Corte y el presidente de la Asamblea Nacional.
Además, indican que la forma adecuada de izar y arriar la bandera nacional y cómo debe ser doblada. Se detalla cómo los escoltas deben comportarse con el emblema nacional en los diferentes actos en que debe ser usada.
En cuanto al himno nacional, el reglamento subraya que solo hay una versión de este, razón por la cual, no podrá cambiarse el ritmo, tiempo o melodía original, pero puede cantarse sin acompañamiento musical adaptándolo al tono del público presente, así como en los actos cívicos, por ejemplo en escuelas, como debe ser entonado con su música y letra completos.
N°337
de 22 de diciembre del 2017, establece las normas.